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Concurso de acreedores Ole Bull Invest Sl

El 02-03-2017, Ole Bull Invest Sl, en LA NUCIA (Alicante) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ALICANTE. El número de insolvencia de esta empresa es B53185260. La actividad (principal) de Ole Bull Invest Sl es actividades inmobiliarias.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Ole Bull Invest Sl
Localidad:
LA NUCIA
Provincia:
Alicante
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B53185260
Número de insolvencia:
B53185260
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Alquiler y gestión de inmuebles
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
PAGRE 3
03530 LA NUCIA
Mostrar en tarjeta
-
CL :
ALBERTS 2 B 0
03530 LA NUCIA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
22-03-2017
A170017863
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

D.ª Cristina Cifo González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:

Primero.- Que por Auto de fecha 2 de marzo de 2017 en el procedimiento con número de autos 149/17-Rafa y N.IG.03014-66-1-2017-0000281 se ha declarado en concurso ordinario voluntario al deudor Ole Bull Invest, S.L. con CIF B-53185260, con domicilio en la calle Pagre, n.º 3, de La Nucía (Alicante).

Segundo.- Que el deudor conserva sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la administración concursal.

Tercero.- Que ha sido nombrado administrador concursal HISPACONTROL PROCEDIMIENTOS CONCURSALES, S.L.P. con CIF B-92500830 que conformidad al art. 30.1, párrafo segundo LC nombra a D. Jenaro López Suárez, con DNI - 24177437K, en calidad de Abogado, Economista y auditor de cuentas para que le represente en el ejercicio del cargo. Con domicilio en Avenida de Alcoy, n.º 79, bajo izquierda, 03009 Alicante. Teléfono: 902 005 398 y fax: 901 955 727 y correo electrónico: jenarolopez@concursoacreedores.org con para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal.

Cuarto.- Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el "Boletín Oficial del Estado".

Alicante, 9 de marzo de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Informes
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