Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Repafrime Sl

El 28-11-2016, Repafrime Sl, en VILLARREAL (Castellón) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número de insolvencia de esta empresa es B12697363. La actividad (principal) de Repafrime Sl es fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Repafrime Sl
Localidad:
VILLARREAL
Provincia:
Castellón
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B12697363
Número de insolvencia:
B12697363
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
CV 20 ONDA, KM. 2 0
12540 VILLARREAL
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
10-11-2020
A200053676
 
  • Conclusión del concurso
 

Doña María de las Mercedes Checa Moya, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 35, 553 y 554 TRLC,

Hago saber:

Primero: Que por auto de fecha 18 septiembre 2020, dictado en el procedimiento de concurso abreviado, número 000545/2016 y NIG número 12040-66-2-2016-0000647, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del concurso voluntario y abreviado que se ha seguido frente al deudor "Repafrime, S.L.", domiciliado en carretera de Vila-real a Onda km. 3,400 Vila-real y cif número B-12697363.

Segundo: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta:

Parte Dispositiva:

"1.-Se declara la conclusión del presente concurso de Repafrime, S.L.", seguido bajo el número Concurso Abreviado, número 000545/2016-II, y el archivo de las presentes actuaciones con todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello.

2.-Declarar aprobadas las cuentas rendidas por la administración concursal así como el cese en su cargo del administrador concursal.

3.-En particular, acordar la extinción de la entidad Repafrime, S.L., disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros público correspondientes.

4.-El presente auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 35 del TRLC y se dará al mismo la publicidad previas en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 36 del propio TRLC (artículo 482 del TRLC).

5.-A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 485 del TRLC) a los registros públicos que correspondan.

6.-Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio en las actuaciones sección primera del concurso.

7.-Notífiquese el presente auto a la administración concursal, a la concursada, y a cuantos acreedores se hayan personado en el concurso.

Este auto es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno (artículo 208.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 481.1 del TRLC).

Castellón, 21 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María de las Mercedes Checa Moya.

12-01-2017
A160093639
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

D. JORGE GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número uno de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:

Primero: Que por Auto de fecha 28/11/2016, dictado en el procedimiento de concurso abreviado número 545/2016, NIG 12040-66-2-2016-0000647, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso Voluntario y Abreviado al deudor "REPAFRIME, S.L.", domiciliado en Carretera de Vila-Real a Onda, Km 3'400, y con CIF número B12697363.

Segundo: Que se ha determinado el régimen de intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado.

Tercero: Que se ha designado como Administrador Concursal a Don Víctor Saval Romaní, con domicilio en calle Sorní, número 18, principal, 46004 de Valencia, y dirección electrónica victorsaval@ssaval.com, a través de los cuáles podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC.

Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado.

Quinto: la comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador y asistencia de Letrado, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.

Castellón, 15 de diciembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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