Edicto
D.ª M.ª Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo,
Hago saber: Que en este Juzgado se tramita procedimiento concursal número 183/13 (N.I.G. 33044 47 1 20130000345) relativo a Macelo de Riaño, S.L., con CIF B-74171968, en el cual con fecha 22 de octubre de 2013, se ha dictado providencia anunciando la presentación, por parte de la Administración Concursal, del informe a que se refieren los artículos 74 y 75 de la Ley Concursal. Se acuerda igualmente en dicha resolución que los interesados podrán impugnar tanto el inventario de bienes y derechos como la lista de acreedores en aquello que estimen que les es perjudicial. El plazo para verificar esa impugnación es de diez días, que respecto a los no personados en el procedimiento, se computará desde la última publicación de este edicto, que se ha acordado realizar en este diario y en el tablón de anuncios de este Juzgado.
Oviedo, 6 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo, por el presente, hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 0000183/2013, y NIG n.º 33044 47 1 2013 0000345, se ha dictado en fecha treinta de julio de 2013 Auto declarando en concurso voluntario y abreviado al deudor Macelo de Riaño, con CIF B74171968, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Langreo (Asturias), Frieres, s/n.
2º.- Se ha nombrado Administrador Concursal a GPD Concursal Sociedad Limitada Profesional, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, el siguiente domicilio postal: calle Uría, n.º 39, 7.º, 33003 Oviedo, y la siguiente dirección electrónica maceloriano@gdpconcursal.com, pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno u otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que podrá no tener por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ello pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado.
El horario de atención al público facilitado por la Administración Concursal es: de 11:00 a 13:00 y de 17:00 a 19:00, de lunes a viernes.
Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOE y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal.
3º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor.
Oviedo, 6 de agosto de 2013.- La Secretaria judicial.