EDICTO
Doña Elena Colorado Gámez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Córdoba,
Hago saber:
Que en este juzgado se tramita Procedimiento Concursal Necesario Ordinario número 1068/2014 instado por la procuradora María Luisa Fernández de Villalta Fernández en nombre y representación de Coto Bajo Explotaciones Agrícolas, Ganaderas y Cinegéticas, Sociedad Anónima, contra el deudor Oleum Hispania, Sociedad Limitada, con código de identificación fiscal número B-14685648 y domicilio en calle María Zambrano, número 12, Priego de Córdoba (Córdoba), representado por el procurador Rafael Ángel Vera Olivares, se ha dictado Auto que contiene particulares del tenor literal siguiente:
"Se declara concluido el concurso de Oleum Hispania, Sociedad Limitada, declarándose la extinción de la sociedad.
Se aprueba la rendición de cuentas presentadas por la Administración Concursal.
Líbrense los oportunos mandamientos al Registro Mercantil para el cierre de la hoja registral de la concursada por liquidación de esta, con mandamiento de la presente.
Contra la presente resolución no cabe recurso.
La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24".
Córdoba, 1 de octubre de 2019.- Letrada de la Administracion de Justicia, Elena Colorado Gámez.
Edicto
El Juzgado de lo mercantil de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artÃculo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 1068/2014, con Numero de Identificación General 1402142M20140001135 por auto de 1 de diciembre de 2016 se ha declarado en concurso necesario ordinario al deudor Oleum Hispania, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal B-14685648 y domicilio en calle MarÃa Zambrano, número 12, Priego de Córdoba (Córdoba) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Córdoba.
2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artÃculo 85 de la Ley Concursal. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido Soluciones Concursales Nuevo Futuro, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal B-56039415, con domicilio postal calle Conde Robledo, número 6, código postal 14008 Córdoba y dirección electrónica: oleumhispaniasl@gmail.com
Ha sido designado representante de la persona jurÃdica Soluciones Concursales Nuevo Futuro Sociedad Limitada el profesional del área jurÃdica Rafael Suárez-Varela Giménez.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el BoletÃn Oficial del Estado.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistido de Letrado (artÃculo 184.3 Ley Concursal).
Córdoba, 9 de diciembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.