Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,
Hago saber: Que en el concurso voluntario n.º 568/11, se ha dictado sentencia de fecha 17.01.2013, que ha adquirido firmeza y cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
"Primero.-Que debo aprobar y apruebo la alternativa A del convenio obtenido en la Junta General de acreedores celebrada en fecha 22/11/2012, en el concurso voluntario de la mercantil Embotits Artesans Monts, S.L.
Segundo.-Se acuerda el cese de todos los efectos de la declaración de concurso, quedando sustituidos por los que, en su caso, se establezcan en el propio convenio y sin perjuicio de los deberes generales que para la mercantil deudora establece el art. 42 de la LC.
Cesa la Administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada."
Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente.
Girona, 27 de marzo de 2013.- Secretario Judicial.
Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil núm. 1 de Girona,
Hago saber: Que en el Concurso Voluntario n.º 568/11, se ha acordado mediante Auto de fecha 31 de julio de 2012 la apertura de la fase de convenio, de conformidad con lo prevenido en el art. 111 de la Ley Concursal, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal de "Embotits Artesans Monts S.L."
Se abre la fase de convenio, que se encabezará con testimonio de esta resolución, formándose la Sección quinta.
Se convoca Junta de acreedores, que se celebrará en la sala de audiencia de este Juzgado el próximo día 22 de noviembre de 2012, a las 10:30 horas.
Hágase saber al concursado y a los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, que podrán presentar propuesta de convenio desde la notificación de esta resolución, hasta 20 días antes de la celebración de la Junta, toda vez que se trata de un procedimiento concursal abreviado (art. 191.3 de la L.C.).
Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de 5 días, de conformidad con lo dispuesto en el art. 197.3 de la L.C."
Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 111, en relación con los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente.
Girona, 24 de septiembre de 2012.- El Secretario Judicial.
El Juzgado Mercantil 1 de Girona, en cumplimiento de lo dispuesto en el arítulo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1º.-Que en el procedimiento número 568/2011 Concurso, por auto de fecha 11.10.11 se ha declarado en concurso voluntario, a la mercantil Embotits Artesans Monts, S.L., con Cif nº B-17523705 y domicilio y centro de principales intereses en Sant Joan de les Abadesses.
2ª.- Que los acreedores de la concursada deben de poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletin Oficial del Estado.
3º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
4ª.- Que la concursada conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.
Girona, 11 de octubre de 2011.- Secretario Judicial.