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Concurso de acreedores terminado Reparacion De Palets Sebastia Sl

El 22-11-2016, Reparacion De Palets Sebastia Sl, en CANALS (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B96865282. La actividad (principal) de Reparacion De Palets Sebastia Sl es reparación e instalación de maquinaria y equipo.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Reparacion De Palets Sebastia Sl
Localidad:
CANALS
Provincia:
Valencia
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B96865282
Número de insolvencia:
B96865282
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
LA CRUZ 38
46650 CANALS
Mostrar en tarjeta
-
CL :
MAESTRO SERRANO 29
46650 CANALS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
12-09-2020
A200038993
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Don José Víctor Sanz Gordón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente,

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 1018/2016 habiéndose dictado en fecha 17 de julio de 2020 por el Ilustrísimo Señor Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de la conclusión de concurso, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Parte dispositiva

Acuerdo de la conclusión del concurso de la mercantil Reparación de Palets Sebastiá, Sociedad Limitada, cesando todos los efectos de la declaración del concurso, sin perjuicio de su posible reapertura en caso de aparición de nuevos bienes.

Acuerdo la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad instante y cancelación de sus asientos registrales.

Cese en su cargo el Administrador concursal, quedando aprobada la rendición final de cuentas.

Notifíquese esta resolución a la Administración concursal, a la concursada y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Publíquese la misma mediante anuncios que se fijarán en el tablón de anuncios de este juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, de forma gratuita por inexistencia de bienes.

Líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil para que proceda a la cancelación de la inscripción de los asientos correspondientes a la declaración del concurso y la hoja registral de la sociedad. Asimismo, el Registrador Mercantil deberá comunicar al resto de registros públicos en los que la concursada tenga inscritos bienes y derechos, la presente conclusión a los efectos oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 178.2 Ley Concursal, en relación con los artículos 23 y 24 Ley Concursal y artículo 323 del Reglamento Registro Mercantil.

Contra este auto no cabe interponer recurso alguno al no haberse formulado oposición (artículo 177 Ley Concursal).

Insértese testimonio de esta resolución en los autos principales y llévese el original al Libro correspondiente.

Así lo acuerda, manda y firma. Doy fe.

Valencia, 17 de julio de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Víctor Sanz Gordón.

04-01-2017
A160093038
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente,

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan Autos de Concurso de Acreedores núm. 1018/2016 habiéndose dictado en fecha 22 de noviembre de 2016 y 12 de diciembre de 2016 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia Autos declarando el concurso Voluntario de acreedores de Reparación de Palets Sebastia, S.L. con CIF B96865282, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a don José Alfonso López Escriva, con domicilio profesional en calle San José, n.º 2, Mislata (Valencia), teléfono n.º 96.379.92.50, fax n.º 96.359.39.31 y correo electrónico josealfonsolopez@ivac.es, expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85 LC.

Valencia, 16 de diciembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Informes
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