El 20-05-2009, Pinturas Blavi S.L., en PADRON (La Coruña) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de LA CORUÑA. El número de insolvencia de esta empresa es B15557697. La actividad (principal) de Pinturas Blavi S.L. es actividades de construcción especializada.
El concurso ha concluido.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic
aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Nombre:
Pinturas Blavi S.L.
Estado:
Concurso de acreedores terminado
Número de insolvencia:
B15557697
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia: Que en el procedimiento número 44/09-L, por sentencia de 28 de enero de 2013 se ha acordado la conclusión del proceso concursal de Pinturas Blavi, S.L., con CIF número B15557697, y domicilio social en Padrón (A Coruña), parque empresarial de La Picaraña, n.º 42, y ello por inexistencia de bienes y derechos con los que satisfacer a sus acreedores.
A Coruña, 22 de mayo de 2013.- La Secretaria judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 38.3 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Que en el procedimiento número 44/2009, en el que figura como concursado Pinturas Blavi, S.L., por auto de fecha 15 de febrero de 2010 se ha acordado el cese de don Julio Santiago García en las funciones de Administrador concursal, nombrándose en sustitución al Economista don Manuel Alberto Estévez Mosquera.
A Coruña, 8 de marzo de 2010.- El Secretario Judicial.
- Auto de declaración de concurso voluntario
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º-Que en el procedimiento número 44/2009-L, por auto de 20 de mayo de 2009 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Pinturas Blavi, S.L., con domicilio en el Parque Empresarial La Picaraña, número 42, padrón, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Padrón.
2º- Que la deudora declarada en concurso conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio quedando sometido el ejercicio de esas facultades a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad.
3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 LC).
A Coruña, 25 de mayo de 2009.- El Secretario Judicial.
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.