Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Canarisac Sl

El 13-09-2016, Canarisac Sl, en AGÜIMES (Palmas (Las)) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número de insolvencia de esta empresa es B35734383. La actividad (principal) de Canarisac Sl es industria del papel.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Canarisac Sl
Localidad:
AGÜIMES
Provincia:
Palmas (Las)
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B35734383
Número de insolvencia:
B35734383
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
LAS ADELFAS (POL INDUSTRIAL), PARC S 20-22 0
35260 AGÜIMES
Mostrar en tarjeta
-
CL :
JOSEFINA MAYOR 5
35219 EL GORO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
16-04-2021
A210022914
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil Nº 1 de Las Palmas, por el presente,

Hace saber:

Que en el procedimiento concursal número 215/21, se ha dictado auto declarando la conclusión del concurso de la mercantil Canarisac, S.L., con CIF B35734383, y cuya parte dispositiva el del tenor literal siguiente:

Se declara la CONCLUSIÓN del concurso de CANARISAC, S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, con los siguientes efectos:

1.- Cesarán las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición del concursado y cesará la Administración concursal.

2.- Se acuerda el archivo de las actuaciones, sin más excepciones que las establecidas en esta ley.

3.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Las Palmas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

Las Palmas de Gran Canaria, 13 de abril de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.

14-12-2016
A160087889
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto

D./Dña. Águeda Reyes Almeida, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000215/2016, seguido a instancias del Procurador/a D./Dña. Zaida María Santana de Vera, en nombre y representación de Canarisac, S.L., se ha dictado auto el día 13 de septiembre de 2016, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Canarisac, S.L. con CIF n.º B35734383, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y en el Boletín Oficial del Estado.

Se designa como Administrador del concurso a: D. Oliverio Trujillo Paz, como economista, el cual ha designado como domicilio postal C/ Luis Doreste Silva, 18 B - 3.º izquierda, 35004 Las Palmas de Gran Canaria, teléfono: 928-918689, fax: 928-292925, y dirección electrónica otrujillo@crvconsultores.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; la intervención de la administración concursal.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

D./Dña. Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez. D./Dña. Águeda Reyes Almeida, Letrado/a de la Administración de Justicia. - Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 29 de noviembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Informes
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