Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Implanta Seguridad Sl

El 31-05-2011, Implanta Seguridad Sl, en ALHAURIN DE LA TORRE (Málaga) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MÁLAGA. El número de insolvencia de esta empresa es B92766427. La actividad (principal) de Implanta Seguridad Sl es construcción de edificios.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Implanta Seguridad Sl
Localidad:
ALHAURIN DE LA TORRE
Provincia:
Málaga
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B92766427
Número de insolvencia:
B92766427
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PG :
INDUSTRIAL LA MORAGA 0
29130 ALHAURIN DE LA TORRE
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
10-03-2021
A210014084
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Doña Amelia María Puertas Fariña, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga, por el presente,

Hago saber:

Que en el procedimiento de concurso voluntario número 310/2011 seguido en este juzgado se ha dictado en pieza separada de conclusión concurso y rendición de cuentas número 310.12/2011 con fecha 23/11/2020 auto, acordando la conclusión del procedimiento por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa de la entidad Implanta Seguridad, S.L., con CIF B-92.766.427, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Parte dispositiva:

Acuerdo la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores de la mercantil Implanta Seguridad, S.L., por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa.

Acuerdo el cese de las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición del concursado y el cese de la administración concursal.

Acuerdo la extinción de la persona jurídica concursada, ordenando la cancelación de su inscripción en el registro mercantil, debiéndose emitir los mandamientos de cancelación oportunos con testimonio de la presente resolución.

Acuerdo aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal. Esta aprobación no prejuzga la procedencia o improcedencia de la acción de responsabilidad de los administradores concursales.

La conclusión del concurso produce los efectos regulados en los artículos 483 y siguientes del TRLC.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Este auto se notificará a las mismas personas a las que se hubiera notificado el auto de declaración de concurso, publicándose en el Registro público Concursal y, por medio de edicto, en el Boletín Oficial del Estado.

Se acuerda el archivo del presente procedimiento

Así lo acuerda y firma D.ª Rocío Marina Coll, Magistrada-Juez titular del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga y su Partido.

Doy fe.

Málaga, 23 de noviembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Amelia María Puertas Fariña.

16-06-2011
48792
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 310/2011, por auto de 31 de mayo de 2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Implanta Seguridad, S.L., con C.I.F. B-92.766.427, domicilio en Polígono La Moraga, parcela n.º 21, manzana 3. Alhaurín de la Torre, 29130, Málaga, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C.

El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 L.C.)

Málaga, 31 de mayo de 2011.- El/La Secretario Judicial.

Informes
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