El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artÃculo 23 de la Ley Concursal (LC),
1.º Que en el procedimiento número 415/2016, con NIG 1808742M20160000502 por auto de 2 de septiembre de 2016 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor ESTACIÓN DE SERVICIO CRUCE DE DOLAR, S.L., con C.I.F. B-18639609, con domicilio en C/ Carretera de AlmerÃa, AutovÃa A-92-km. 318, Dólar (Granada) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Granada.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido la sociedad ECOABOGADOS, S.L.P., con domicilio postal C/ Melchor Almagro nº 3, 18002 Granada y dirección electrónica concurso415-2016@ecoabogados.com siendo la persona natural que la representa D. Pascual López Villén, de profesión economista.
El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el dÃa siguiente a la publicación en el BoletÃn Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 L.C.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artÃculo 184.3 LC).
5.º Que el Registro Publico Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa en el concurso es https//www.publicidadconcursal.es/concursal/jsp/home.jsp
Granada, 16 de septiembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.