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Concurso de acreedores terminado Obras Y Reformas Portonovo Sl

El 20-04-2016, Obras Y Reformas Portonovo Sl, en SANXENXO (Pontevedra) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de PONTEVEDRA. El número de insolvencia de esta empresa es B94035581. La actividad (principal) de Obras Y Reformas Portonovo Sl es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Obras Y Reformas Portonovo Sl
Localidad:
SANXENXO
Provincia:
Pontevedra
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B94035581
Número de insolvencia:
B94035581
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
BARBEITO (PORTONOVO) 20
36960 SANXENXO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
04-09-2020
A200037675
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

D. José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra,

Hace saber: Que en este Juzgado u con el núm. 28/16-C, se siguen autos de concurso de Obras y Reformas Portonovo, S.L.en los que en fecha 14.07.20 ha recaído auto ya firme, de conclusión del concurso por finalización de la liquidación; resolución cuya parte dispositiva es del tenor siguiente:

1.- Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de Obras y Reformas Portonovo, S.L. con CIF B-94.035.581 y domicilio social en calle Barbeito, número 20, 36970 de Portonovo (Sanxenxo). Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al Folio 20, Libro y Tomo 3.685, inscripción 1.ª de la hoja n.º PO-50752, con los efectos legales inherentes.

2.- Cesan las limitaciones de las facultades de Administración y disposición del deudor.

3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal y el cese de los Administradores Concursales.

4.- Se acuerda la extinción de la sociedad Obras y Reformas Portonovo, S.L. y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

5.- Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la Administración Concursal. Publíquese en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.

6.- Unase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.

Modo de impugnacion. Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art 177 de la LC).

Asó lo manda y firma S.S. Doy fe.

Pontevedra, 14 de julio de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Luis Gutierrez Martín.

09-05-2016
A160022445
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

D. José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Pontevedra,

Por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 0000028/2016 y NIG nº 36038 47 1 2016 0000046, se ha dictado en fecha 1 de abril del 2016 Auto de Declaración de Concurso voluntario abreviado del deudor OBRAS Y REFORMAS PORTONOVO, S.L., con CIF B-94.035.581 y domicilio social en la calle Barbeito número 20, 36970 de Portonovo (Sanxenxo). Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, al Folio 20, Libro y Tomo 3.685, inscripción 1.ª de la hoja n.º PO-50752.

2º.- Se ha a acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado como Administración Concursal al abogado BRUNO FERNANDEZ AGUIÑO, con despacho profesional en Calle Rosalía de Castro, número 9, O Grove (Pontevedra), Teléfono 986-73.00.08. E-Mail: info@bruberavogados.com, con domicilio postal y dirección electrónica señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es.

Pontevedra, 20 de abril de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Informes
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