Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 129/2016 en el que figura como concursado, G Hotel Risesa, Sociedad Limitada (en liquidación), CIF B95765707, se ha dictado el 9/9/2020, auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
Bilbao, 9 de septiembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Fernanda Abiega Gil.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Primero. Que en el procedimiento número 129/2016, NIG 48.04.2-16/004703, por auto de 10/03/2016 se ha declarado en concurso voluntario al deudor G. Hotel Risesa, Sociedad Limitada (en liquidación), con CIF B95765707, con domicilio en Calle Getxo, número 11-5º A, Astrabudua-Erandio y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Astrabudua-Erandio.
Segundo. Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
Tercero. Que la administración concursal está integrada por D. Luis Vicinay de la Tajada. Domicilio postal: Calle Barría, 19, 48930 Getxo. Dirección electrónica: acghrisesa@gmail.com
Cuarto. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Quinto. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC).
Sexto. Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es
Bilbao, 14 de marzo de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.