Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Harinas Urdanoz Sa

El 10-10-2011, Harinas Urdanoz Sa, en ZIZUR MAYOR/ZIZUR NAGUSIA (Navarra) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de PAMPLONA. El número de insolvencia de esta empresa es A31174576. La actividad (principal) de Harinas Urdanoz Sa es industria de la alimentación.
Se ha abierto la sección 5.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Harinas Urdanoz Sa
Localidad:
ZIZUR MAYOR/ZIZUR NAGUSIA
Provincia:
Navarra
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
A31174576
Número de insolvencia:
A31174576
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
ESTELLA LIZARRAKO ETORBIDEA 8
31180 ZIZUR MAYOR/ZIZUR NAGUSIA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
02-10-2014
A140048471
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
  • Apertura de la sección quinta
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña,

Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 0000698/2011, referente al concursado Harinas Urdanoz, S.A., por auto de fecha 1 de septiembre de 2014, se ha acordado lo siguiente:

1.º Acordar la apertura de la fase de liquidación en el concurso de la entidad Harinas Urdanoz, S.A., que se tramitará en esta sección 5.ª

2.º Declarar la disolución de la referida sociedad.

3.º Acordar la suspensión del órgano de administración de la referida sociedad en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio social, con todos los efectos establecidos legalmente.

4.º Reponer en sus funciones al administrador concursal designado en su día y que cesó al aprobarse el convenio.

El administrador concursal deberá de presentar un plan de liquidación en el plazo de quince días, prorrogables, a contar desde el siguiente a aquel en que se notifique esta resolución.

5.º Acordar el cese de los administradores sociales y su sustitución por el administrador concursal, a fin de proceder a la liquidación de la sociedad de conformidad con lo establecido en la ley, a cuyo fin deberá presentar en el plazo de ocho días desde la notificación de la presente resolución, un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa de la concursada.

6.º Ordenar la reapertura de la sección de calificación (6.ª), con testimonio de esta resolución.

Dentro del plazo de diez días siguientes a la última publicación del auto acordando la formación de la sección sexta, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable, sin necesidad de valerse de abogado y procurador.

Dentro de los quince días siguientes al de expiración del plazo anterior, sin necesidad de nueva resolución judicial, la administración concursal habrá de presentar un informe razonado y documentado, limitado a determinar las causas del incumplimiento del convenio y si el concurso debe ser calificado como culpable.

7.º Dese publicidad a la presente resolución mediante la publicación de su parte dispositiva en el BOE, de forma gratuita y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Expídase mandamiento al Registrador Mercantil de Navarra, expresando que esta resolución no es firme, comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva de esta resolución a fin de que se proceda a la anotación preventiva de lo acordado.

Hágase entrega de los despachos a la procuradora de la concursada para que cuide de su diligenciamiento, cosa que deberá acreditar a este Juzgado en el plazo de diez días.

Pamplona/Iruña, 1 de septiembre de 2014.- La Secretaria judicial.

08-05-2013
A130023876
 
  • Cese de los Administradores
  • Aprobación del convenio
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, anuncia:

1.º Que en el procedimiento concursal número 698/2011 se ha dictado el 18 de febrero de 2013 Sentencia n.º 38/2013, aprobando judicialmente el convenio propuesto por "Harinas Urdanoz, S.A.", con CIF A 31174576, y domicilio en avenida Estella/Lizarrako Etorbidea, n.º 8, Zizur Mayor/Zizur Nagusia (Navarra), y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 22 de noviembre de 2012.

El fallo de la referida resolución dice literalmente lo siguiente:

1. Se aprueba judicialmente el convenio propuesto por "Harinas Urdanoz, S.A.", que se ha reseñado en los antecedentes de esta resolución, con los efectos establecidos en los artículos 133 a 136 de la LC.

2. Desde la fecha de esta sentencia, cesarán todos lo efectos de la declaración de concurso de la referida sociedad, quedando sustituídos por los que se establecen en dicho convenio, sin perjuicio del mantenimiento de los deberes de colaboración e información del deudor previstos en la legislación concursal.

3. Desde la fecha de esta sentencia cesan en su cargo los administradores concursales, sin perjuicio de su intervención en la sección de calificación y la fiscalización de la completa satisfacción de los créditos contra la masa.

4. Los administradores concursales deberán rendir cuentas de su entera actuación colegiada hasta este momento, en el plazo de dos meses.

5. Requiérase a "Harinas Urdanoz, S.A.", por medido de su representación procesal, para que, con periodicidad semestral, contada desde la fecha de la presente resolución, informe a este tribunal acerca del cumplimiento del convenio.

6. Hágase público el fallo de este sentencia por medio de edictos que se insertarán a la mayor brevedad en el Boletín Oficial del Estado.

Una vez firme, expídanse mandamientos al Registro Mercantil de Navarra y a aquellos otros donde se anotó el régimen concursal de ejercicio de las facultades de administración y disposición del deudor así como el nombramiento de los administradores concursales, a fin de que se tome razón de la aprobación del convenio y de lo acordado en la presente resolución respecto al cese de los efectos de la declaración del concurso y el cese de los administradores concursales.

Hágase entrega de los despachos al Procurador de la concursada para que cuide de su diligenciamiento, cosa que deberá acreditar a este juzgado en el plazo de diez días.

7. Se acuerda la formación de la sección de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso.

2.º La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de las normas que regulan los convenios y la adhesión en la LC.

El convenio está de manifiesto en la Secretaría del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.

3.º Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Navarra que debe interponerse mediante escrito presentado en este Juzgado de lo Mercantil en el plazo de veinte días computándose desde la última publicación de este edicto, que ha de publicarse en el BOE.

Pamplona/Iruña, 22 de febrero de 2013.- El Secretario Judicial.

25-09-2012
A120064743
 
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de convenio
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 0000698/2011 referente al concursado Harinas Urdanoz, S.A., por auto de fecha 3 de septiembre de 2012 se ha acordado lo siguiente:

Poner fin a la fase común del presente concurso de la concursada Harinas Urdanoz, S.A., con CIF A-31174576.

Abrir la fase de convenio.

Ordenar la convocatoria de la Junta de Acreedores de la entidad menrcantil concursada Harinas Urdanoz, S.A., a celebrar el día 22 de noviembre de 2012, a las 10:30 horas, en J. Mercantil n.º 1.

Quienes comparezcan a la Junta en nombre de un acreedor deberán aportar además del documento que conste la condición que le faculta para actuar en nombre de dicho acreedor, fotocopia del citado documento.

Hasta cuarenta días naturales antes del señalado para la celebración de la Junta el deudor o los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuesta del convenio.

Anúnciese la convocatoria, expresándose en los edictos que los acreedores podrán adherirse a la propuesta de convenio, una vez que, en su caso, se presente propuesta de convenio y que sea admitida a trámite y quede de manifiesto en la secretaría de este Juzgado el escrito de evaluación sobre su contenido, que deberá emitir el administrador concursal, así como que la adhesión deberá hacerse en la forma prevista en el art. 103.2 y 3 de la Ley Concursal.

Pamplona/Iruña, 3 de septiembre de 2012.- La Secretaria Judcial.

10-01-2012
A120000138
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña,

Anuncia

Primero.-Que en el procedimiento concursal número 698/2011 referente al deudor Harinas Urdanoz, S.A., con CIF A31174576, con domicilio en avenida Estella/Lizarrako Etorbidea, 8, de Zizur Mayor/Zizur Nagusia, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

Segundo.-En resolución de esta misma fecha se ha acordado comunicar la presentación de dicho informe en el Tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOE.

Dentro del plazo de diez días computados desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOE, cuyos destinatarios son todos los acreedores no personados en el presente concurso de la entidad concursada, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

Tercero.-Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

Pamplona/Iruña, 13 de diciembre de 2011.- El/la Secretario/a judicial.

14-11-2011
81678
 
  • Auto de declaración de concurso
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Primero.-Que en el procedimiento número 0000698/2011, por auto de 10 de octubre de 2011 se ha declarado en concurso de materia voluntaria al deudor HARINAS URDANOZ, S.A., con CIF A-31174576, y domicilio en Avda. Estella/Lizarrako Etorbidea, 8, de Zizur Mayor y cuyo centro de principales intereses lo tiene el Zizur Mayor.

Segundo.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención concursal.

Tercero.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresdos en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Pamplona, 10 de octubre de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Subastas en línea

    Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
    Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
    • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos