D. JOSE ALFREDO RODRIGUEZ NUÑO, Letrado de la Administración de Justicia Jdo. Primera Instancia N.º 4 y Mercantil de Guadalajara,
1.- Que en el concurso 786/2015, en el que figura como concursado ENERGIA ERCAM SL, se ha dictado el dÃa 28 de febrero de 2017, sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por la concursada y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el dÃa 2 de febrero de 2017.
2.- El convenio está de manifiesto en la oficina Judicial para quienes acrediten interés en su conocimiento.
3.- Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial que debe prepararse mediante escrito presentado en este órgano judicial en el plazo de VEINTE DÃASc omputándose desde la última fecha de publicación de este edicto, que ha de publicarse en el Registro Público Concursal, BOE y en el Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial.
4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificaión del mismo.
Dentro de los diez dÃas siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legÃtimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuando considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Guadalajara, 12 de abril de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
EDICTO
D.ª Celia Sardina Callejo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Guadalajara.
HAGO SABER:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º SECCIÓN I DECLARACIÓN CONCURSO 0000786 /2015 y NIG n.º 19130 42 1 2015 0007488, se ha dictado en fecha 2 de diciembre de 2015, AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO VOLUNTARIO del deudor ENERGÍA ERCAM SL, con CIF N.º B-19189497, cuyo centro de intereses principales lo tiene en c/ Francisco Medina y Mendoza, Polígono I, parcela n.º 1, nave 66, Cabanillas del Campo (Guadalajara).
2.º Se ha acordado que el deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en el ejercicio de estas facultades a la intervención de la Administración Concursal mediante autorización o conformidad. Se ha designado, como administración concursal a Luis Fernando González Gálvez, con domicilio postal en C/ López de Haro, n.º 4, 2.º, Guadalajara, y dirección electrónica señalada: ercam@fgconcurso.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Guadalajara, 14 de diciembre de 2015.- El Letrado Administración Justicia.