Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm.1 de Murcia,
Anuncia
1.- Que en este órgano judicial se tramita Sección V de Liquidación del concurso voluntario 297/2015 de Urbanizadora Coto Riñales, S.L., con CIF B-30221220, en el que se ha dictado el día 26 de noviembre de 2018, Auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento.
2.- El Auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal.
Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23 y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente. Doy fe.
Murcia, 10 de diciembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.
Edicto
Doña Ana María Lacalle Espallardo, Secretaria judicial de Juzgado de lo Mercantil número 1 de Murcia, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I declaración concurso 0000297/2015 y NIG número 30030 47 1 2015/0000636, se ha dictado en fecha 04/06/15 auto de declaración del concurso voluntario del deudor URBANIZADORA COTO RIÑALES, S.L., con CIF B-30221220, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Urbanización Coto Riñales, parcela 72, CP 30420 Calasparra.
2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el concursado con intervención de la administración concursal designada al efecto, mediante su autorización.
Se ha designado como administración concursal a la sociedad ADMINISTRADORES CONCURSALES ABOGADOS Y ECONOMISTAS, S.L.P., con CIF B73735755, con domicilio en calle Eulogio Soriano, 9, 30001 Murcia, teléfono 968218917 y fax 968212327, email: concursocotorinales@yahoo.com.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado ni en la Oficina de Registro de la Ciudad de la Justicia.
Murcia, 10 de junio de 2015.- La Secretaria judicial.