Edicto
El Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23, en relación con el 177.3 de la Ley Concursal,
Anuncia:
1.º Que en el procedimiento concursal voluntario ordinario número 1991/2015, por auto de fecha 10/08/2020 se ha declarado la conclusión del concurso de acreedores del deudor Doyga, S.L., con CIF n.º B23439052.
2.º Se aprueban las cuentas presentadas por la administración concursal.
3.º Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.
4.º Se acuerda la extinción de la sociedad Doyga, S.L.
Jaén, 12 de agosto de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Manuel Gabriel Blanca Buendía.
Edicto
El Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Jaén, anuncia:
1. Que en la sección quinta del procedimiento concursal número 1991/2015 referente al concursado Doyga, S.L. con CIF n.º B23439052 se ha puesto de manifiesto en la SecretarÃa del Juzgado dÃa 21/09/2016, el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado, elaborado por la administración concursal.
2. El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de quince dÃas, computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el Plan, formular observaciones y modificaciones al mismo.
Jaén, 21 de septiembre de 2016.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
Edicto
El Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Jaén,
Anuncia
1. Que en el procedimiento concursal voluntario ordinario número 1991/2015 referente al deudor Doyga, S.L., con CIF n.º B23439052, se ha presentado el informe provisional de la Administración Concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2. Dentro del plazo de diez días, computados desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado, Boletín Oficial del Estado y Registro Público Concursal, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y drechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil, para hacerlo deberán actuar representados por Procurador y asistidos de Letrado.
Jaén, 17 de febrero de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 1991/2015, con NIG 2305042M20150001730 por auto de 27/11/2015 se ha declarado en concurso voluntario de carácter ordinario al deudor DOYGA, S.L. con CIF n.º B23439052, con domicilio en c/ Concepción Puchol, n.º 11 de Martos (Jaén) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en la localidad referida.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido la sociedad:
Medina Cuadros Concursal, S.L.P.
Domicilio postal: C/ Federico Mendizabal, 12, entreplanta. 23001 Jaén.
Dirección de correo electrónico: doyga@medinacuadros.es
Teléfono: 958216789.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
5.º La dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es la siguiente: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/
Jaén, 4 de diciembre de 2015.- La Letrada de la Administración de Justicia.