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Concurso de acreedores Real 48 Sl

El 06-10-2015, Real 48 Sl, en ARES (La Coruña) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de LA CORUÑA. El número de insolvencia de esta empresa es B15531213. La actividad (principal) de Real 48 Sl es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Real 48 Sl
Localidad:
ARES
Provincia:
La Coruña
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B15531213
Número de insolvencia:
B15531213
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
REAL, 48 - BJ 0
15624 ARES
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
06-06-2016
A160033164
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección quinta
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto

D. FERNANDO SANTISO VÁZQUEZ, Letrado de la Administración de Justicia y del XDO. DO MERCANTIL n.º 1 de A CORUÑA, por el presente,

Hago saber: Que en el concurso voluntario, referente al concursado REAL 48, S.L., CIF B-15531213, por auto de fecha 6/4/2016, FIN DE FASE COMÚN Y APERTURA DE LIQUIDACIÓN, se ha acordado lo siguiente:

1.- Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor REAL, 48, S.L.

2.- Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

3.- La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de Administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley.

4.- Se declara disuelta la deudora REAL 48 SL, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

5.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este órgano judicial, en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal.

6.- Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

7.- Requerir a la Administración concursal para que en el plazo improrrogable de 10 días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

8.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

A Coruña, 6 de abril de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

03-11-2015
A150046251
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia y del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección, I Declaración Concurso 482 /2015 y NIG n.º 15030 47 1 2015 0000999 se ha dictado en fecha 6/10/2015 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor REAL 48, S.L., con CIF B-15531213, cuyo centro de intereses principales lo tiene en A Coruña.

2.º Se ha acordado la deudora conservará las facultades de administración y disposición de su patrimonio, quedando sometida el ejercicio de esas facultades a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad.

3.º Se ha designado, como administración concursal a D. Pedro Antonio Santiago Sánchez Rodilla, nombrado administrador concursal único, con DNI n.º 32.428.568-V, mayor de edad, con domicilio profesional en A Coruña, c/ Alameda, 30-32, 5.º, con tlfo. 981-223582 y fax 981229863 y correo electrónico pedro@sanchezrodillaabogados.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

4.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

A Coruña, 15 de octubre de 2015.- Letrado de la Administración de Justicia.

Informes
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