Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao,
Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 794/2013, en el que figura como concursado/a Promotora Grudena, S.L., CIF B95474912, se ha dictado el 31/05/17 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por tras haber procedido a su reapertura por auto de fecha 19/10/16 aprobando la rendición de cuentas que ha sido presentada y acordando nuevamente el cierre de la hoja registral.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
Bilbao (Bizkaia), 2 de junio de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Edicto
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao.
Concurso Abreviado 794/2013.
Deudor: Promotora Grudena, S.L.
Abogado/a: Adán Pérez Amallobieta.
Procurador/a: Asunción Hurtado Madariaga.
Sobre: Concurso abreviado voluntario.
En el referido procedimiento concursal que se encontraba concluso por insuficiencia de bienes y derechos, se ha dictado 19/10/2016 Auto de reapertura, en la que la parte dispositiva es la siguiente:
Parte dispositiva
- Acordar su reapertura.
- La reapertura se limitará a la fase de liquidación de la cantidad aparecida con posterioridad.
- PublÃquese la presente resolución de conformidad con lo establecido en los arts. 23 y 24 de la LECO.
- LÃbrese mandamiento al Sr.Registrador Mercantil de Bizkaia para la reapertura de la hoja registral.
Bilbao (Bizkaia), 20 de octubre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao,
Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 794/2013, en el que figura como concursado/a Promotora Grudena, S.L., CIF B-95474912, se ha dictado el 06/04/16 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración del deudor salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Asimismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
Bilbao, 6 de abril de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia) anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 794/2013 referente al concursado Promotora Grudena, S.L., con CIF número B95474912, por auto de fecha 06/11/2013 se ha acordado lo siguiente:
Primero. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
Segundo. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
Tercero. Se ha declarado disuelta la concursada, cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.
Cuarto. La misma resolución ha acordado que una vez se apruebe el plan de liquidación, se abra la sección sexta de calificación del concurso.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación que se dé a la resolución que acuerde la formación de dicha sección, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la misma, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Bilbao (Bizkaia), 6 de noviembre de 2013.- La Secretario Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley concursal (LC), anuncia:
Primero. Que en el procedimiento número 794/2013, NIG número 48.04.2-13/022723, por auto de 14/10/2013 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Promotora Grudena, S.L., con NIF B95474912 con domicilio en Barrio Boroa, sin número, Amorebieta-Etxano.
Segundo. Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
Tercero. Que la administración concursal está integrada por Entidad Garteiz Sanchez Servicios Concursales, cuyo representante es D. Asis Garteiz-Gogeaskoa Gandarias. Domicilio postal: Alameda Rekalde, 34-3.º derecha de Bilbao.
Dirección electrónica: asis@garteiz.com
Cuarto. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Quinto. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC)
Bilbao, 22 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.