Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Manuel Rodriguez Casal Sl

El 04-05-2015, Manuel Rodriguez Casal Sl, en CHAPELA (SAN FAUSTO P ) (Pontevedra) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de PONTEVEDRA. El número de insolvencia de esta empresa es B36019057. La actividad (principal) de Manuel Rodriguez Casal Sl es servicios de comidas y bebidas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Manuel Rodriguez Casal Sl
Localidad:
CHAPELA (SAN FAUSTO P )
Provincia:
Pontevedra
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B36019057
Número de insolvencia:
B36019057
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
VIGO 194
36320 CHAPELA (SAN FAUSTO P )
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
22-11-2018
A180068976
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Don José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra,

Hace saber:

Que en este Juzgado y con el número 101/2015-C-, se siguen autos de Concurso Voluntario Ordinario, en los que por auto de 13.11.2018, ya firme, se ha decretado la conclusión por finalización de la liquidación, al amparo del art. 152.2. de la L.C.; resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

1.-Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de CATERING EL CANARIO, SLU (CIF B-36.376.382, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al Libro 2.597 de sociedades, Folio 103, Hoja PO-27.926, inscripción 1ª); MANUEL RODRÍGUEZ CASAL, SLU (CIF B -36.019.057, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al Libro 1.193 de sociedades, Folio 8, Hoja PO-6.310, inscripción 1ª); y GASTRONOMÍA DEL NOROESTE, SLU (CIF B-36.382.372, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al Libro 2.627 de sociedades, Folio 25, Hoja PO -28.421, inscripción 1ª); todas ellas con domicilio en avenida de Vigo nº 194 de Chapela, Redondela, con los efectos legales inherentes.

2.-Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

3.-Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los administradores concursales.

4.-Se acuerda la extinción de la sociedad CATERING EL CANARIO, S.L.U., MANUEL RODRÍGUEZ CASAL, S.L.U. Y GASTRONOMÍA DEL NOROESTE S.L.U. y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

5.-Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el «BOE» y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.

6.-Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.

Modo de impugnación Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art 177 de la LC).

Así lo manda y firma S.S. Doy fe.

Y para que conste, expido el presente en Pontevedra.

Pontevedra, 13 de noviembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Luis Gutiérrez Martín.

23-05-2015
A150021950
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario judicial de Juzgado de lo Mercantil 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I declaración de concurso 0000101/2015 y NIG número 36038 47 1 2015 0000142 se ha dictado en fecha 27 de abril del 2015, Auto de Declaración de Concurso voluntario del deudor Gastronomía del Noroeste, S.L.U., con CIF B-36.382.372, Catering el Canario, S.L., con CIF B-36.376.382, y Manuel Rodríguez Casal, S.L., con CIF B-36.019.057, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Avda. de Vigo, 194, Chapela, Redondela.

2.° Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal al Abogado D. Xosé Lois Valcárcel Valcárcel, con domicilio postal en C/ Dr. Cadaval, 7, 3.° Dcha., 36202 de Vigo, y dirección electrónica xlvalcarcel@avcabogados.com señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Pontevedra, 4 de mayo de 2015.- El Secretario judicial.

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