ÓRGANO JUDICIAL
Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Badajoz
Dirección: Calle CASTILLO PUEBLA DE ALCOCER 20
Localidad: Badajoz
Código Postal: 06006
Provincia: Badajoz
Teléfono: 924286355
PROCEDIMIENTO
Concursal
Número: 184/2018
RESOLUCIÓN PROCESAL
Auto
Fecha: 02/09/2021
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
DESTINATARIOS
Personados en el concurso Manuel Almeida Pinto
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
INFORMACIÓN ADICIONAL
Auto de conclusion Manuel Almieda Pinto con Cif B06319941
Badajoz, 10 de septiembre de 2021.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, LUIS CARLOS RODRIGUEZ ZAMORA
Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 184/2015, se ha dictado en fecha 27 de abril de 2015, Auto de declaración de concurso voluntario del deudor MERCANTIL MANUEL ALMEIDA PINTO, S.L., con CIF B06319941, cuyo centro de intereses principales lo tiene en el Polígono Industrial los Caños calle Bodión, n.º 79, Nave 4, 06300 Zafra.
2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercía los concursados. Se ha designado, como Administración concursal al Letrado D. JOSÉ CARLOS RUIZ GONZÁLEZ, con DNI número 52.967.176-Q con domicilio profesional en C/ Ricardo Fernández de la Puente,1, 2.ª planta, Badajoz. Correo electrónico 3290@icaba.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la Administración concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es.
Badajoz, 27 de abril de 2015.- La Secretaria judicial.