Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Persona física

El 21-01-2014, Persona física, en L'ELIANA (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es 22553656V. La actividad (principal) de Persona física es actividades inmobiliarias.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Persona física
Localidad:
L'ELIANA
Provincia:
Valencia
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
22553656V
Número de insolvencia:
22553656V
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Alquiler y gestión de inmuebles
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
REINA FABIOLA 3
46183 L'ELIANA
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
29-07-2021
BOE-J-2021-67117
 
ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 11 de Valencia

Dirección: Avenida PROF.LOPEZ PIÑERO 14

Localidad: València

Código Postal: 46071

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961929020

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 191/2018

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 26/07/2021

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Auto de conclusión del concurso. Carolina Juan López NIF 29186486S. Concesión del BEPI. Cese administradora concursal Teresa Riberlles Arellano DNI 22553656Vcon domicilio en Calle La Paz 44,2 b correo electróncio tribelles@ribellesarellano.es

València, 29 de julio de 2021.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, LAURA MARIA ALONSO RAMO

13-12-2019
A190070636
 

EDICTO

D./Dña. MIGUEL ÁNGEL GARCÍA HERRERA Letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado del Juzgado de 1º Instancia nº 7 de Valencia por el presente,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramite el proceso concursal 1361/2019, en el que se ha dictado auto de declarando el estado de concurso consecutivo a la persona física MARÍA JOSÉ RODRÍGUEZ GILBERT, con DNI 73.567.986W, ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto. - CONCURSO CONSECUTIVO voluntario N.º 1361/2019

NIG del procedimiento. - 46250-42-1-2019-0041877

Entidad concursada. - la persona física MARÍA JOSÉ RODRÍGUEZ GILBERT, con DNI 73.567.986W

Tipo de concurso. - Voluntario.

Fecha del auto de declaración. - 18/10/2019.

Administrador concursal. – D/Dª Mª TERESA RIBELLES ARELLANO con D.N.I.: nº 22.553.656-V con domicilio en Valencia, C/ La Paz, nº 44-2-B correo electrónico tribelles@ribellesarellano.es y nº Telef: 963.504.438

Facultades del Concursado. - Suspendidas.

Forma de personación. - Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a las acreedores y comunicación le créditos conforme el art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlo en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado el efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podría efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos, al crédito, concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y clasificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del titulo o documentos relativos el crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de Ios autos. - Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaria Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Valencia, 21 de octubre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Miguel Ángel García Herrera.

13-11-2019
A190063222
 
  • Cese de los Administradores
 

Don José Víctor Sanz Gordón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente,

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 001000/2019 habiéndose dictado en fecha 30 de octubre de 2019 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario abreviado de acreedores de Riber Caqui, Sociedad Agraria de Transformación de Responsabilidad Limitada, N° 663 CV con CIF. V40513517, decretándose la suspensión de las facultades de la mercantil, habiéndose designado como Administración concursal a la entidad jurídica Ribelles Arellano Abogados y Economistas, S.L.P., quien ha nombrado para desempeñar el cargo de Administradora concursal a doña María Teresa Ribelles Arellano con D.N.I./N.I.F. número 22553656V en su cualidad de Economista, con domicilio profesional en C/ Paz n°44-1V de Valencia, teléfono 629529701 y correo electrónico concursal@ribellesarellano.es expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de UN MES desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85 LC.

Valencia, 6 de noviembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José Víctor Sanz Gordón.

26-09-2019
A190052520
 
  • Cese de los Administradores
 

Doña Cristina Mª Valero Domenech, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 4 de Valencia, por el presente,

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores número 743/2019 habiéndose dictado en fecha 5 de septiembre de 2019 por el Ilustrísimo señor Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 4 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Frugarpi, S.L., con CIF B46242608, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado como Administración concursal a la entidad jurídica Ribelles Arellano Abogados y Economistas, S.L.P., quien ha nombrado para desempeñar el cargo de Administrador concursal a doña María Teresa Ribelles Arellano con D.N.I número 22553656-V en su cualidad de economista, con domicilio profesional en Valencia, calle de la Paz número 44-1, puerta 2B, teléfono 963504438 y correo electrónico concursal@ribellesarellano.es expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85 LC.

Valencia, 9 de septiembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Cristina Mª Valero Domenech.

21-05-2019
A190027837
 

Edicto

Doña Laura Maria Alonso Ramos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.° 11 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley concursal, por el presente, hago aaber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Ordinario - 000191/2018, habiéndose dictado en fecha veintinueve de agosto de dos mil dieciocho por el Ilmo./a. Sr./Sra. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso voluntario abreviado de acreedores del deudor Dona Carolina Juan Jimenez con cif/dni, número 29186486 S, con domicilio en Calle Isla Cabrera Numero 23, en el que se ha dictado la siguiente resolución que tiene el carácter de firme y cuya parte dispositiva es la siguiente (Art. 24-5.° de la Ley Concursal).

Que se ha acordado la suspensión del concursado de las funciones de disposición y administración de su patrimonio.

Que se ha nombrado administrador concursal a Doña Teresa Ribelles Arellano Dni 22553656V con domicilio en la calle de la Paz 44,2 B, dirección de correo electrónico tribelles@reibellesarellano.es

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado, puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y Procurador.

Valencia, 3 de septiembre de 2018.- Letrado de la Administracion de Justicia, Laura Maria Alonso Ramos.

21-05-2019
A190028247
 

Edicto

Doña Laura Maria Alonso Ramos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n° 11 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley concursal, por el presente, hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Ordinario - 000191/2018, habiéndose dictado en fecha veintinueve de agosto de dos mil dieciocho por el Ilmo./a. Sr./Sra. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso voluntario abreviado de acreedores del deudor Dona Carolina Juan Jimenez con cif/dni, número 29186486 S, con domicilio en Calle Isla Cabrera Numero 23, en el que se ha dictado la siguiente resolución que tiene el carácter de firme y cuya parte dispositiva es la siguiente (Art. 24-5° de la Ley Concursal).

Que se ha acordado la suspensión del concursado de las funciones de disposición y administración de su patrimonio.

Que se ha nombrado administrador concursal a Doña Teresa Ribelles Arellano Dni 22553656V con domicilio en la calle de la Paz 44,2 B, dirección de correo electrónico tribelles@reibellesarellano.es

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado, puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y Procurador.

Valencia, 3 de septiembre de 2018.- Letrado de la Administracion de Justicia, Laura María Alonso Ramos.

21-04-2018
A180026696
 

Edicto

Don Vicente Sorní Pérez, Letrado de la A. Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 20 de los de Valencia,

Que en este Juzgado se siguen con el n.º 001413/2016-004, a instancia de Susana García Grimaldos, con DNI n.º 20813251E, con el número de registro 1413/16, en cuyo seno se ha dictado Auto de fecha 20-02-2018 en el que constan los siguientes particulares:

Parte dispositiva:

Debo declarar y declaro a la deudora doña Susana García Grimaldos DNI n.º 20.813.251-E y domicilio en Valencia, C/ Fray Jacinto Castañeda n.º 71-4.º-/ª en situación de concurso consecutivo con todos los efectos legales inherentes a tal declaración y, en concreto, declaro y acuerdo:

a) El carácter voluntario del concurso.

b) La apertura de la fase de liquidación.

c) La deudora queda suspendida en sus facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.

Se advierte a la deudora que tiene el deber de comparecer en el presente proceso con asistencia preceptiva de Letrado y representación voluntaria no preceptiva de Procurador de los Tribunales, todo ello en el plazo de cinco días hábiles procesales.

Asimismo, deberá comparecer personalmente ante el Juzgado y ante la administración concursal cuantas veces sea requerido y tiene el deber de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso, obligación que se extiende a sus apoderados y representantes de hecho o de derecho, así como a quienes lo hayan sido durante los años anteriores a la declaración de concurso.

d) Tramitar el presente concurso por los cauces del procedimiento abreviado con las especialidades de los artículos 242-2 y 242-bis de la LC.

e) Nombrar administrador concursal al mediador concursal instante TERSA RIBELLES ARELLANO.

La persona designada tiene domicilio en Valencia, C/ La Paz, n.º 44-1-2B, y dirección de correo electrónico: tribelles@ribellesarellano.es.

La persona designada ha de aceptar el cargo ineludiblemente dentro de los cinco días siguientes a la comunicación de esta resolución.

Asimismo, deberá facilitar, en caso de no constar ya en las actuaciones, las direcciones postal y electrónica en las que efectuar la comunicación de créditos, así como cualquier otra notificación. En cuanto a la dirección electrónica, la misma deberá reunir las condiciones de seguridad en las comunicaciones electrónicas en lo relativo a la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones.

Por otra parte, se le requiere para que en el acto de aceptación de su cargo, acredite la vigencia del contrato de seguro o una garantía equivalente en los términos del art. 6 del Real Decreto 1333/12, de 21 de septiembre. En concreto, mediante exhibición del original de la póliza y del recibo de la prima correspondiente al período del seguro en curso, o del certificado de cobertura expedido por la entidad aseguradora. A los efectos de cumplir con lo dispuesto en el mencionado artículo deberá aportar, asimismo, copia de los citados documentos originales para testimoniarlas y unirlas a las actuaciones de la sección 2.ª

De conformidad con el art. 7 del mencionado Real Decreto, deberá acreditar las sucesivas renovaciones del seguro en idéntica forma. Se le hace saber que la infracción del deber de acreditar la renovación del seguro será causa justa de separación del cargo.

Asimismo, deberá comparecer ante la oficina judicial de este Juzgado para notificarse de las resoluciones, sin perjuicio de notificarse por correo electrónico o fax cuando proceda.

Por otra parte, una vez transcurrido el plazo de comunicación de créditos, antes de dar al informe la publicidad prevista en el artículo 95 deberá realizar las rectificaciones que considere oportunas en el informe del artículo 75 LC que con carácter provisional ha aportado a la solicitud. Asimismo, deberá presentar un Plan de Liquidación en el plazo improrrogable de 10 días a contar desde la aceptación del cargo de administrador concursal (artículos 148 y 242.2.8.ª LC).

Asimismo, se requiere al MC para que en el improrrogable plazo de 10 días desde la notificación del presente auto se pronuncia sobre la concurrencia de los requisitos para el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (en adelante, BEPI) o, en el caso que proceda, sobre la apertura de la sección de calificación (art. 242.2.1.ªb)).

f) Se ordena anunciar la declaración de concurso en el Boletín Oficial del Estado por el trámite de urgencia y en el Registro Público Concursal.

La publicación será gratuita en todo caso.

g) Se hace llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal en la dirección de correo electrónica que consta en el edicto publicado en el Boletín Oficial del Estado, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este auto de declaración de concurso en el BOE.

h) Se acuerda librar mandamiento al Registro civil para inscribir la presente declaración de concurso en el folio registral de la concursada, para ello, requiérase a la concursada para que, en el plazo de dos días hábiles manifieste el Registro civil en el que consta inscrito su nacimiento con los datos registrales que permitan su localización y anotación.

i) Notificar la existencia del presente proceso y la presente declaración a la Agencia Tributaria y Tesorería General de la Seguridad Social.

j) Requerir a la concursada, mediante notificación de esta resolución, para que ponga este auto en conocimiento de los Juzgados que ya conocen de procesos contra el concursado la declaración de concurso a los efectos que en cada caso procedan.

k) Formar con la demanda y la presente resolución carpeta del expediente, en que se tramitará la sección Primera del concurso.

Con testimonio de la presente resolución, formense las secciones, segunda, tercera y cuarta.

l) Remítase oficio al Juzgado Decano de Valencia al objeto de que se comunique a los Juzgados de 1ª Instancia la declaración de este concurso al objeto de que se abstengan de conocer de los procedimientos que puedan interponerse contra el concursado. Remítase también comunicación a los Juzgados Mercantiles de Valencia.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso de reposición que se interpondrá ante este tribunal en el plazo de 5 días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la presente resolución, señalando la infracción en que hubiera incurrido ésta (artículo 451-2 y 452-1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así lo acuerda y firma.

Se nombra administrador concursal a D.ª TERESA RIBELLES ARELLANO, con NIF 22553656V, con domicilio en Valencia, C/La Paz, n.º 44-1-2B, y dirección de correo electrónico el siguiente: tribelles@ribellesarellano.es.

Se ordena la Intervención por parte del Administrador Concursal de las facultades de administración y disposición sobre todos los bienes y derechos del concursado que hayan de integrarse en la masa del concurso.

Y para que sirva de notificación, se expide el presente.

Valencia, 26 de febrero de 2018.- El Letrado Administración de Justicia.

17-06-2017
A170044087
 

 

Doña Cristina Cifo González, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

Hago saber:

Primero.-Que por Auto de fecha 26 de mayo de 2017 dictado en el procedimiento con número de autos 334/17 -I y NIG 03014-66-1-2017-0000675, se ha declarado en concurso al deudor CARTONES ONDULADOS ESPECIALES, S.A., con CIF F A-03112778, con domicilio en la Carretera Busot, kilómetro 1, Polígono Industrial El Espartal, s/n, de Xixona (Alicante).

Segundo.-Que el deudor tiene suspendidas sus facultades de administración y disposición, habiéndose procedido a la apertura de la fase de liquidación.

Tercero.-Que ha sido nombrado administrador concursal la mercantil RIBELLES ARELLANO ABOGADOS ECONOMISTAS, S.L.P., con CIF N.º B-98286008, y aceptando el cargo Dª. MARÍA TERESA RIBELLES ARELLANO, con DNI 22553656V, y domicilio en calle Juan Espuche, 3, de Elche 03002 en calidad de economista, teléfono 963504438, móvil 629529701, fax 963285858 y dirección de correo electrónico concursal@ribellesarellano.es, para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal.

Cuarto.-Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde la publicación del presenta en el "Boletín Oficial del Estado".

Alicante, 2 de junio de 2017.- Letrado de la Admnistración de Justicia.

12-04-2014
A140016654
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

Doña María Isabel Boguñá Pacheco, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valencia, por el presente, hago saber:

Que en este Juzgado en autos de concurso de acreedores núm. 001040/2013 se ha dictado en esta fecha auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de las mercantiles:

-Contenedores Júcar, S.L., con CIF número B-96542071, con domicilio social en Algemesí (Valencia), Carretera Valencia-Xátiva s/n Polígono 45, inscrita en el Registro Mercantil de la Provincia de Valencia, al tomo 5.545, folio 67, hoja V-49.007.

-Inmobiliarias e inversiones Algemesí, S.L., con CIF número B-96182019, con domicilio social en Algemesí (Valencia), c/ San Miguel, núm. 24, inscrita en el Registro Mercantil de la Provincia de Valencia, al tomo 4.597, folio 158, hoja V-28.198.

Se ha acordado la intervención de las operaciones del deudor habiéndose nombrado administrador concursal a doña Teresa Ribelles Arellano, con NIF número 22.553.656-V, Economista, con domicilio profesional en Valencia, c/ de la Paz, núm. 44-2.ª-B y dirección electrónica concursal@ribellesarellano.es

Se llama a los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación de este edicto en el BOE puedan comunicar sus créditos en los términos del artículo 85.

Valencia, 21 de enero de 2014.- La Secretario Judicial.

Informes
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