El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 249/2014 en el que figura como concursado/a MARMOLERIA CID, S.A., CIF A48157085, se ha dictado el 04/12/15 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor.
Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
Bilbao (Bizkaia), 4 de diciembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao,
Anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 249/2014, referente al concursado MARMOLERIA CID, S.A. con CIF A48157085, por auto de fecha 03/04/2014 se ha acordado lo siguiente:
1.-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2.-Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3.-Se ha declarado disuelta la concursada, cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.
4.-La misma resolución ha acordado que una vez que se apruebe el plan de liquidación, se abra la sección sexta de calificación del concurso.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación que se dé a la resolución que acuerde la formación de dicha sección, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la misma, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Bilbao (Bizkaia), 4 de abril de 2014.- La Secretario judicial.
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC) anuncia:
1º.-Que en el procedimiento número 249/2014, NIG n.º 48.04.2-14/007828, por auto de 21/3/2014 se ha declarado en concurso voluntario al deudor con NIF A-48157085, cuyo centro de principales intereses lo tiene en la circunscripción de esta jurisdicción.
2º.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3º.-Que la administración concursal está integrada por IKER FILLOY NIEVA con DNI 16286577R, con domicilio en 48011 Bilbao, Gran Vía, 42, Pral. Dcha., y correo electrónico concursomarmoleriacid@grupozubizarreta.es.
4º.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
5º.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
6º.-Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es
Bilbao (Bizkaia), 21 de marzo de 2014.- La Secretario Judicial.