EDICTO
En este Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Pontevedra se tramita SECCIÓN I DECLARACIÓN CONCURSO 0000051 /2015 seguido a instancias de DFF PORGAL, S.L., en el que, en fecha 26 de junio de 2019 se ha dictado auto de conclusión del concurso. Dicho auto acuerda lo siguiente:
"1.- Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de DFF PORGAL, S.L., con CIF B-36.999.068 con domicilio en Marqués de Valladares 14, 3º, oficina 2, Vigo, con los efectos legales inherentes.
2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración concursal y el cese de los Administradores concursales.
4.- Se acuerda la extinción de la sociedad DFF PORGAL, S.L., y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme."
Y para que sirva de conocimiento general se publica el presente.
Pontevedra, 26 de junio de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José Luis Gutiérrez Martín.
Edicto
Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I, Declaración Concurso 0000051/2015 y NIG n.º 36038 47 1 2014 0000441 se ha dictado en fecha 6.3.15 Auto de Declaración de Concurso voluntario del deudor DFF Porgal, S.L., con CIF B-36.999.068, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Marqués de Valladares, 14, 3.º, oficina 2.ª, Vigo.
2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a Diego Leis Puga, con domicilio postal en C/ Eduardo Iglesias, n.º 6, 1.º-A, 36202 Vigo, y dirección electrónica señalada diego.leis@rblasociados.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es.
Pontevedra, 10 de marzo de 2015.- El/la Secretario/a Judicial.