Doña Margarita Marquina Castells, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 937/2016 en el que se ha dictado con fecha 13 de diciembre de 2016 auto declarando en estado de concurso a la entidad Centro Médico Brugues Diagonal, S.L. con CIF B61003901, y mandando darle publicidad con los siguientes datos:
NIG del procedimiento: 08019-47-1-2016-8008234.
Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la Administración Concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.
Concursada: Centro Médico Brugues Diagonal, S.L. con domicilio en Avenida Diagonal n.º 22, bajos de Gavá (Barcelona).
Administrador concursal: D Ricardo Balansó Zapater, con domicilio en calle San ElÃas, 29-35, 5.º de Barcelona, con correo electrónico ricardo.balanso@bdo.es
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto de remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresara el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, asà como los relativos al crédito, su concepto, cuantÃa, fechas de adquisición y vencimiento, caracterÃsticas y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañara copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del tÃtulo o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 9 de enero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.