El Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid, en cumplimiento con lo dispuesto en el artÃculo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia
1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 438/2013 por Auto de fecha 08/09/2016 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso del deudor CLUB DE MARKETING TURÃSTICO INSIGNIA, S.L., por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3.
2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso.
3.º Tratándose en este caso de una persona jurÃdica, procede conforme a lo ordenado en el art. 178.3 declarar su extinción.
Madrid, 8 de septiembre de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
El Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 438/2013, por auto de 17 de diciembre de 2013 se ha declarado en concurso al deudor Club de Marketing Turístico Insignia, S.L., con domicilio en la calle Magdalena Mejías, n.º 14 de Torrelodones, Madrid, lugar que coincide con su centro de principales intereses.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3º.- Que los acreedores del concursado deben poner directamente en conocimiento del administrador concursal don Joaquín Alonso Herrera, mediante presentación personal, correo certificado a su despacho profesional en P.º de la Habana n.º 37, 28036 Madrid o a la dirección de correo electrónico jalonsoherrera@gmail.com, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
No será valida la presentación de los créditos ante este Juzgado.
El plazo para esta comunicación es el un mes a contar de publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Madrid, 20 de diciembre de 2013.- El/la Secretario Judicial.