Edicto
Don Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,
Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000048/2015, seguido a instancias del Procurador don Jonathan Suárez Álamo, en nombre y representación de don José Javier Casasus Ibarz, se ha dictado Auto el día 23 de febrero de 2015, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:
Se declara el concurso de don José Javier Casasus Ibarz, con DNI n.º 603550F, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.
A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de Voluntario.
Conforme prevé el artículo 23 de la Ley Concursal, el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y en el Boletín Oficial del Estado.
Se designan como Administradores del concurso a don Enrique Javier Castro Bordón, con NIF 54.067.522-L, como Abogado, el cual ha designado como domicilio el de la calle Triana, 27, ático, Las Palmas de Gran Canaria. Teléfonos 669 72 59 42, 928 36 24 99, y fax 928 36 28 72, así como dirección electrónica enriquecastro@bbasociados.com.
En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda intervención.
Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el artículo 85 de la mentada Ley.
Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado.
Don Antonio Carlos Martínez-Uceda Calatrava, Magistrado-Juez. Don Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario judicial. Firmados y rubricados.
Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el artículo 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.
Las Palmas de Gran Canaria, 3 de marzo de 2015.- El Secretario judicial.