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Concurso de acreedores Confeccions Joti Sl

El 20-02-2015, Confeccions Joti Sl, en VILANOVA D'ESCORNALBOU (Tarragona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de TARRAGONA. El número de insolvencia de esta empresa es B43366855. La actividad (principal) de Confeccions Joti Sl es confección de prendas de vestir.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Confeccions Joti Sl
Localidad:
VILANOVA D'ESCORNALBOU
Provincia:
Tarragona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B43366855
Número de insolvencia:
B43366855
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
FONT 28
43311 VILANOVA D'ESCORNALBOU
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
07-03-2015
A150008109
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto

D. Juan Holgado Esteban, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona, por el presente Edicto doy publicidad al Auto de declaración del concurso dictado por este Juzgado:

Número de asunto: Concurso n.º 10/15-5.

NIG: 4314847120148009582.

Fecha del auto de declaración: 20/02/15.

Clase de concurso: Voluntario abreviado.

Entidad concursada: CONFECCIONS JOTI, S.L. con domicilio en C/ La Font, 28, de Vilanova d'Escornalbou (Tarragona), CIF n.º B43366855, representada por el Procurador D. Gerard Pascual Vallés.

Administrador concursal:

confeccionsjoti@deiureadministradoresconcursales.com

Régimen de las facultades del concursado: Intervención.

Los acreedores de la concursada deberán comunicar a la Administración concursal sus créditos en la dirección postal o electrónica antes señaladas y en la forma establecida en el art. 85 de la Ley Concursal, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE.

Los acreedores pueden personarse en la proceso por medio de Abogado y Procurador.

Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado y Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Tarragona, 20 de febrero de 2015.- El Secretario judicial.

Informes
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