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Concurso de acreedores Industrias Carnicas Vilaro Sociedad Anonima

El 20-03-2010, Industrias Carnicas Vilaro Sociedad Anonima, en SILS (Gerona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de GIRONA. El número de insolvencia de esta empresa es A17029034. La actividad (principal) de Industrias Carnicas Vilaro Sociedad Anonima es industria de la alimentación.
Se ha abierto la sección 6.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Industrias Carnicas Vilaro Sociedad Anonima
Localidad:
SILS
Provincia:
Gerona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
A17029034
Número de insolvencia:
A17029034
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
VERGE DE MONTSERRAT 1
17410 SILS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
07-08-2012
A120056586
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto.

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en el concurso voluntario ordinario número 223/2010, se ha acordado mediante Auto de esta fecha la apertura de la liquidación de oficio de la entidad Industrias Cárnicas Vilaró, Sociedad Anónima, de conformidad con lo prevenido en el artículo 143.1.2.º de la Ley Concursal, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo: Declarar Finalizada la fase de Convenio del presente procedimiento concursal de la entidad mercantil Industrias Cárnicas Vilaró, Sociedad Anónima, con CIF número número A-17029034 y Abrir de oficio la fase de liquidación, en los términos previstos en el artículo 143.1 2.º de la Ley Concursal, al no haberse podido aprobar ninguna propuesta de convenio, toda vez que no se ha alcanzado el quórum suficiente para la constitución de la Junta.

Durante la fase de liquidación continuarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal, habiendo sido ya acordada en el presente procedimiento concursal la citada suspensión por auto de fecha 29 de septiembre de 2010. Asimismo, se declara la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley.

Anúnciese por edictos la apertura de oficio de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose a tal efecto el oportuno mandamiento al Registro Mercantil de Girona, haciéndole saber del cierre de la fase de convenio y la apertura de la fase de liquidación, la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, y ordenándose la anotación de las anteriores circunstancias en la hoja abierta al Tomo 617, folio 192, hoja numero Gi-11946, ordenándose la práctica de la anotación preventiva en los folios registrales correspondientes, de las circunstancias anteriormente manifestadas,

La concursada es titular de las siguientes fincas: Inscritas en el Registro de la Propiedad de Santa Coloma de Farners, Finca número 26-A, Volum 3244, Libro 159 de Sils, Folio 89; Finca número 3188, al Volum 3849, Libro 128 de Sils, Folio 165; Finca número 4888, al Volum 2925, Libro 132 de Sils, Folio 70.

Inscritas en el Registro de la Propiedad número 3 de Lleida, la Finca número 2063, Volum 2604, Libro 238 de Mollerussa Folio 128; la Finca número 2184, Volum 2610, Libro 239 de Mollerussa Folio 112; la Finca número 2001, Volum 2610, Libro 239 de Mollerussa, Folio 157; la Finca número 1985, Volum 2610, Libro 239 de Mollerussa, Folio 142; la Finca número 4551, Volum 2610, Libro 243 de Mollerussa, Folio 218; la Finca número 592, Volum 2604, Libro 238 de Mollerussa, Folio 39.

Entréguese en debida forma a la procuradora señora María Àngels Vila Reyner, el mandamiento y oficio correspondiente para la práctica inmediata de las anotaciones acordadas.

En el plazo de 15 días computados desde la notificación de esta resolución, la Administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de concurso. Se concede el plazo de diez días, de conformidad con el artículo 168, en relación con el 191 de la Ley Concursal, a fin de que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la presente Sección alegando por escrito cuento considere relevante para la calificación del concurso de la entidad Industrias Cárnicas Vilaró, Sociedad Anónima.

Modo de impugnación: Mediante recurso de Reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 197.2 de la Ley Concursal y 451, 452 de la Ley Concursal).

Así lo manda y firma el Magistrado Juez, don Hugo Novales Bilbao del Juzgado Mercantil 1 Girona; de lo que doy fe.

El Magistrado Juez. El Secretario Judicial.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente en

Girona, 17 de julio de 2012.- El Secretario Judicial.

15-04-2010
24187
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto.

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en el concurso voluntario número 223/2010, se ha acordado mediante Auto de esta fecha la admisión a trámite del concurso de la entidad mercantil Industrias Cárnicas Vilaro, S.A., con número de CIF A-17029034 y de la entidad mercantil Matadero Salida 13, S.A., con número de CIF A-62517479, ambas con domicilio en Avinguda Verge de Montserrat, número 1, de Sils, Código Postal 17410 (Girona), siendo designados como administradores concursales: La letrada, Señora Silvia Navarro Rodríguez, el economista Señor José Antonio Bascuñana Vico, y la acreedora, entidad mercantil General Pecuaria, S.A.

Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de Un Mes a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título.

Las deudoras conservan las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-Ley 3/2009 de 27 de marzo deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.

En cumplimiento del Real decreto 3/09 de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria segunda la publicidad en el Boletín Oficial del Estado será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al artículo 23.1 de la Ley Concursal.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente en

Girona, 20 de marzo de 2010.- El Secretario Judicial.

Informes
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