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Concurso de acreedores Century Power Mantenimiento E Instalaciones Sl.

El 06-03-2015, Century Power Mantenimiento E Instalaciones Sl., en UGENA (Toledo) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de TOLEDO. El número de insolvencia de esta empresa es B45772829. La actividad (principal) de Century Power Mantenimiento E Instalaciones Sl. es actividades de construcción especializada.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Century Power Mantenimiento E Instalaciones Sl.
Localidad:
UGENA
Provincia:
Toledo
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B45772829
Número de insolvencia:
B45772829
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
VALENCIA 2
45217 UGENA
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
14-03-2015
A150010176
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

D.ª MARÍA JESÚS GRACIA GUERRERO, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil de Toledo, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 572/2014 y NIG n.º 45168 41 1 2014 0019752, se ha dictado en fecha 06/03/2015 Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor Century Power Mantenimiento e Instalaciones (C.P.M.E., S.L.), con CIF n.º B45772829, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Ugena (Toledo), calle Valencia, número 2.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal al Economista D. Jaime de Paz Campillos, con DNI número 3.827.846-W, con domicilio postal en calle Dinamarca, n.º 4, 45005 de Toledo, y dirección electrónica señalada adveritas@adveritasauditores.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Haciendo constar que las comunicaciones de créditos remitidas a este Juzgado no serán validas.

Toledo, 6 de marzo de 2015.- El Secretario judicial.

Informes
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