EDICTO
Doña Cristina Rubio Domingo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 (antiguo de 1ª Instancia 4) de Burgos, por el presente,
Hago saber:
Que en el procedimiento concursal seguido en este órgano judicial con el Nº 531/14 y NIG 09059 42 1 2014 0009422, se ha dictado en fecha 28 de octubre de 2019 AUTO declarando la conclusión y consiguiente archivo del concurso de la mercantil HORMIGONES MARCOS, S.A., con CIF A09205550 y domicilio social en Sotopalacios (Burgos), carretera Burgos-Santoña s/n, acordándose, además:
1°.- La aprobación de la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal y el cese de las limitaciones delas facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
2°.- Quedar responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
3°.- La extinción de la mercantil concursada y la cancelación de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda.
Burgos, 31 de octubre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Cristina Rubio Domingo.
Edicto.
Don Javier Ortega Martínez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número uno (ant. 1.ª Instancia 4) de Burgos, por el presente,
Hago saber:
1º. - Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 531/2014 y NIG 09059 42 1 2014 0009422, se ha dictado en fecha 17 de noviembre de 2014 Auto de Declaración de Concurso Voluntario de la mercantil HORMIGONES MARCOS, S.A., con CIFA09205550 y domicilio social en Sotopalacios (Burgos), carretera Burgos-Santoña, s/n.
2º.- Se ha acordado que las facultades de administración y disposición quedan intervenidas por la Administración concursal. Se ha designado como Administración concursal a Administradores Concursales, S.L.P., con domicilio postal en Burgos, Avenida del Cid n.º 14, 2.º B y correo electrónico comunicacionesycreditos@grupofgm.com, señaladas para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial de Estado.
Burgos, 26 de noviembre de 2014.- El Secretario Judicial.