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Concurso de acreedores Jc & Cm DiStribucions Sl

El 07-10-2014, Jc & Cm DiStribucions Sl, en SANTA COLOMA DE FARNERS (Gerona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de GIRONA. El número de insolvencia de esta empresa es B17475989. La actividad (principal) de Jc & Cm DiStribucions Sl es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
Se ha abierto la sección 6.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Jc & Cm DiStribucions Sl
Localidad:
SANTA COLOMA DE FARNERS
Provincia:
Gerona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B17475989
Número de insolvencia:
B17475989
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
DOCTOR ROBERT 3
17430 SANTA COLOMA DE FARNERS
Mostrar en tarjeta
-
CL :
NARCIS MONTURIOL 36
17005 GIRONA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
20-10-2015
A150044784
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona,

Hago saber:

Que en el concurso voluntario n.º 682/2014, se ha acordado mediante diligencia de esta fecha la firmeza de la sentencia de fecha 29 de junio de 2015, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Primero.-Que debo aprobar y apruebo el convenio obtenido en la junta general de acreedores de fecha 28 de mayo de 2015, en el concurso voluntario de la mercantil JC & CM Distribucions, S.L.

Segundo.-Se acuerda el cese de todos los efectos de la declaración de concurso, quedando sustituidos por los que, en su caso, se establezcan en el propio convenio y sin perjuicio de los deberes generales que para el deudor establece el art. 42 de la LC.

Cesa la administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada.

Se concede a la Administración concursal el plazo de un mes a contar desde la notificación de la presente resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 163.1,1.º de la LC procede formar la sección sexta, de calificación del concurso, toda vez que el convenio aprobado establece para todos los acreedores una espera superior a tres años (cinco años).

Tercero.-Una vez firme la presente resolución, líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Girona para que, de conformidad con lo dispuesto en el art. 132 en relación con el art. 24 de la LC, inscriba la sentencia aprobando el convenio en la hoja correspondiente.

Dese a la presente sentencia la publicidad prevista en los art. 23 y 24 de la LC y, para su efectividad, publíquese la misma en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de anuncios de este Juzgado, expidiéndose los oportunos oficios y edictos los cuales serán entregados a la procuradora Sra. Esther Sirvent Carbonell, una vez firme esta resolución.

Cuarto.-No se verifica una expresa imposición en materia de costas procesales

Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Girona (artículo 455 LECn).

El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.-Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Magistrado-Juez que la dictó, estando el mismo celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el Secretario Judicial, doy fe en Girona, a 29 de junio de 2015.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente en

Girona, 16 de septiembre de 2015.- El Secretario judicial.

17-11-2014
A140055866
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto de declaración de concurso

D. José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil núm. 1 de Girona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado:

Número de asunto: 682/2014.

Fecha del auto de declaración: 7 de octubre de 2014.

Clase de concurso: Voluntario abreviado.

Entidad concursada: JC&CM Distribucions, S.L.

CIF de la concursada: B-17.475.989.

Domicilio de la concursada: C/ Dr. Robert, 3, de Santa Coloma de Farners (Girona).

Administracion concursal: AC Reconduccion Empresarial, S.L.P.

- Dirección postal: C/ Juli Garreta, 1-3.º C, de Girona, CP 17002.

- Dirección electrónica: jccmdistribucions@reconduccion.com

Régimen de las facultades del concursado: El concursado conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación del presente edicto en el BOE.

Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado Mercantil núm.1 de Girona.

Girona, 17 de octubre de 2014.- El Secretario judicial.

Informes
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