Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Compania Frutera Norte Azul Sl

El 22-01-2014, Compania Frutera Norte Azul Sl, en ICOD DE LOS VINOS (Tenerife) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de SANTA CRUZ DE TENERIFE. El número de insolvencia de esta empresa es B38942660. La actividad (principal) de Compania Frutera Norte Azul Sl es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Compania Frutera Norte Azul Sl
Localidad:
ICOD DE LOS VINOS
Provincia:
Tenerife
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B38942660
Número de insolvencia:
B38942660
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
SANTA BARBARA, 122 - 124 0
38430 ICOD DE LOS VINOS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
11-10-2018
A180060102
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto

Cédula de Notificación

Doña Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez-Pablos, Letrado/a de la Administración de Justicia Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife.

Hago Saber: Que en el procedimiento Concurso 251/13, de la entidad Frutera Norte Azul, S.L., Cif: B38942660, se la dictado Auto de fecha 26/9/18, cuyos puntos principales de su Parte Dispositiva, son del tenor literal siguiente: "... .... Acuerdo: Procede la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa, dejando sin efecto la situación de concursado Compañía Frutera Norte Azul, S.L., y el archivo de las actuaciones.....Se aprueban las cuentas presentadas por la Administración concursal.....Notifíquese la presente resolución mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la Ley Concursal,......Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes que el su caso se hayan acordado.......Se acuerda la extinción de la persona jurídica del deudor, para lo cual, líbrense los mandamientos a los Registros (enumérense los nombres de los Registros que correspondan entre ellos el Mercantil), los que contendrán testimonio de la presente resolución, a fin de proceder el cierre de su hoya de inscripción, despachos que se entregarán al procurador de la parte solicitante del concurso para que se cuiden de su diligenciado.....Modo de Impugnación: Conta la presente resolución no cabe recurso alguno.....Así lo dispone, manda y firma Doña Elena Fraile Lafuente, Juez, del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife........."

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación en el Registro Público Concursal, y gratuíta en el BOE (por tratarse de última publicación-conclusión concurso).

Santa Cruz de Tenerife, 26 de septiembre de 2018.- La Letrado de la Administración de Justicia.

25-04-2015
A150016920
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Cédula de notificación

Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado 251/13, en referencia a la entidad Compañía Frutera Norte Azul, S.L., se ha dictado diligencia de ordenación de fecha 6 de octubre de 2014, cuyos puntos principales son del tenor literal siguiente: "...Por recibido el anterior escrito con n.º de registro 5038/14 presentado por el Administrador concursal, únase, y se tiene por aportadas las copias requeridas, quede unido a la presente sección; téngase por presentado el informe previsto en el artículo 74 de la Ley Concursal, y de conformidad con lo establecido en el artículo 95.2 del referido Texto Legal, procédase a su anuncio por medio de Edictos, que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado (publicación gratuita de conformidad con la nueva redacción recogida en el Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo), y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado, haciéndole entrega al Procurador solicitante del concurso del Oficio y Edicto librado, conforme establece el artículo 23 del mencionado Texto Legal. Póngase en conocimiento, al mismo tiempo, a los interesados no personados, que queda de manifiesto en esta Secretaría, pudiendo consultar dicho informe y disponiendo del plazo de diez días para impugnar el inventario y la lista de acreedores, ello, conforme a los términos establecidos en los artículos 95.2, 96 y 97 de la Ley Concursal, ello, respetándose los distintos plazos establecidos en el art. 12, puntos cuatro, cinco y seis, de la nueva redacción recogida en el Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, en relación con la Disposición Transitoria octava, punto 2.º. ..."

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Se pone en conocimiento, a todos sus efectos, que la Administración Concursal de este procedimiento es don Miguel Ángel Ramírez Delgado, de profesión Economista, y domicilio en calle Los Molinos, 5, esquina de San Sebastián 38005 de Santa Cruz de Tenerife, teléfono/fax n.º 92 829 70 14, y correo electrónico: maramirez@marauditores.com.

Santa Cruz de Tenerife, 23 de marzo de 2015.- El/la Secretario/a judicial.

29-03-2014
A140014023
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto-cédula de notificación

Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber: Que en el procedimiento concurso 251/13, se ha dictado auto de fecha 22/01/14, cuyos puntos principales de su parte dispositiva, son del tenor literal siguiente: ".... Primero.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el Procurador D./Dña. Montserrat Padrón García, en nombre y representación de Compañía Frutera Norte Azul, S.L., CIF B38942660... Segundo.- Se declara a la sociedad en concurso abreviado.... Tercero.- El deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad... Cuatro.- Se nombra administrador del concurso, con las facultades expresadas en el pronunciamiento anterior a D./Dña. Miguel Ángel Ramírez Delgado, Economista que reúne los requisitos del artículo 27 de la LC... Quinto.- Llámense a los acreedores del deudor para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 de la LC a la administración concursal la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde la última publicación de los anuncios de la declaración del concurso, que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado, el tablón de anuncios del Juzgado y el Registro Público Concursal.... La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos... La comunicación se efectuará por medios telemáticos, informáticos o electrónicos cuando conste la dirección electrónica del acreedor... Octavo.- Los legitimados conforme a la LC para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado... Modo de Impugnación: No cabe recurso alguno... Así lo dispone, manda y firma D./Dña. Ana Fernández Arranz, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife; doy fe..."

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto-ley 3/2009, del 27 de marzo) se pone en conocimiento, a todos sus efectos, que la Administración Concursal de este procedimiento es don Miguel Ángel Ramírez Delgado, de profesión Economista, y domicilio en c/ Los Molinos, 5, esquina de San Sebastián, 38005 de Santa Cruz de Tenerife, teléfono/fax n.º 928297014, y correo electrónico: maramirez@marauditores.com

Santa Cruz de Tenerife, 5 de marzo de 2014.- El/La Secretario Judicial.

Informes
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