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Concurso de acreedores terminado Nova Collvi Sl (En Liquidacion)

El 25-02-2014, Nova Collvi Sl (En Liquidacion), en LLAGOSTERA (Gerona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de GIRONA. El número de insolvencia de esta empresa es B17781402. La actividad (principal) de Nova Collvi Sl (En Liquidacion) es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Nova Collvi Sl (En Liquidacion)
Localidad:
LLAGOSTERA
Provincia:
Gerona
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B17781402
Número de insolvencia:
B17781402
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
GOTARRA 0
17240 LLAGOSTERA
Mostrar en tarjeta
-
CL :
CAMPRODON 12
17240 LLAGOSTERA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
04-07-2020
A200026650
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Doña Alicia de la Torre Duñaiturria, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número uno de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso voluntario ordinario número 7/2014 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de Nova Collvi, Sociedad Limitada Unipersonal, con NIF B17781402, con domicilio en Avenida Gotarra, s/n, 17240 de Llagostera.

La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno ( artículo 177.1 Ley Concursal), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación

Girona, 28 de mayo de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Alicia de la Torre Duñaiturria.

02-08-2014
A140039173
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Cese de los Administradores
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Plan de liquidación
  • Apertura de la sección quinta
 

Don José Antonio Marquinez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número uno de Girona, hago saber:

Que en el Concurso Voluntario número 7/14, se ha acordado mediante Auto de fecha 4 de julio de 2014 la apertura de la fase de liquidación de conformidad con lo prevenido en el artículo 143 de la Ley Concursal, auto que es del tenor literal siguiente:

Juzgado Mercantil 1 Girona, Avinguda Ramon Folch, 4-6 Girona.

Procedimiento Concurso 7/14.

Parte demandante NOVA COLLVI, Sociedad Limitada Unipersonal.

Procurador Carlos Javier Sobrino Cortés.

Auto.

Magistrado-Juez Don Víctor Heredia del Real.

En Girona, a 4 de julio de 2014.

Antecedentes de hecho

Primero. Que por auto de fecha 25 de febrero de 2014 se acordó declarar en estado de concurso voluntario a la entidad mercantil NOVA COLLVI, S.L.U.

Segundo. Que en fecha 8 de mayo de 2014 por el Administrador Concursal se ha presentado el informe, junto con el inventario de bienes y derechos del deudor y la lista de acreedores.

La presentación del informe ha sido comunicada a las partes y anunciada por edictos, fijados en el tablón de anuncios del Juzgado y publicados en el Boletín Oficial del Estado, haciendo saber que contra el inventario y la lista de acreedores podrían presentarse impugnaciones en el plazo de diez días computados desde la última publicación del edicto que tuvo lugar el día 13 de mayo de 2014.

Tercero. En el presente procedimiento concursal, el administrador concursal CINC CONSELLERIA JURÍDICA S.L.P., en nombre y representación de la entidad mercantil NOVA COLLVI, S.L.U., En fecha 26 de mayo de 2014 solicitó, al amparo del artículo 142.1 apartado primero, la liquidación del concurso, aportando, de conformidad con el artículo 6.4 de la Ley Concursal, propuesta de plan de liquidación.

Fundamentos de Derecho.

Primero. Dispone el artículo 142.1 de la Ley Concursal que, el deudor podrá pedir la liquidación en cualquier momento. Dentro de los diez días siguientes a la solicitud el juez dictará auto abriendo la fase de liquidación.

Segundo.Abierta la fase de liquidación procede acordar lo previsto para la misma en los artículos 144, 145, 146, 148 y 167.1 de la Ley Concursal.

Parte Dispositiva.

Acuerdo: Abrir la fase de liquidación del presente procedimiento concursal de la entidad mercantil Nova Collvi S.L.U., formándose la sección quinta, la cual se encabezará con testimonio de esta resolución.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal. Asimismo, se declara la disolución de la entidad concursada y el cese de los administradores o liquidadores de la misma, que serán sustituidos por la administración concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley.

Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Girona.

En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 197.2 de la Ley Concursal y 451, 452 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así lo manda y firme el Magistrado Juez del Juzgado Mercantil 1 de Girona; de lo que doy fe.

El Magistrado Juez El Secretario Judicial

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en artículo 144, en relación con los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente

Girona, 14 de julio de 2014.- El Secretario Judicial.

29-03-2014
A140013098
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto de Declaración de Concurso

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado:

Número de Asunto 7/14.

Fecha del Auto de Declaración: 25 de febrero de 2014.

Clase de Concurso: Voluntario abreviado ordinario.

Entidad Concursada: Nova Collvi, Sociedad Limitada Unipersonal.

CIF de la concursada: B-17781402.

Domicilio de la Concursada: Avda Gotarra, sin número, Llagostera.

Administrador Concursal: Cinc Consellería Jurídica, S.L.P.

-Dirección postal: Calle Güell, número 58, de Girona 17001.

-Dirección electrónica: concursonovacollvi@cinc.es.

Régimen de las facultades del concursado: El concursado conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad.

Llamamiento a los Acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado Mercantil número uno de Girona (Avenida Ramón Folch, número 4-6, de 17001 Girona).

Girona, 26 de febrero de 2014.- El Secretario Judicial.

Informes
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