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Concurso de acreedores Sat N 8020 Tomas Rodriguez Quintana

El 02-03-2011, Sat N 8020 Tomas Rodriguez Quintana, en SAN NICOLAS DE TOLENTINO (Palmas (Las)) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número de insolvencia de esta empresa es F35147818. La actividad (principal) de Sat N 8020 Tomas Rodriguez Quintana es extracción de crudo de petróleo y gas natural.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Sat N 8020 Tomas Rodriguez Quintana
Localidad:
SAN NICOLAS DE TOLENTINO
Provincia:
Palmas (Las)
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
F35147818
Número de insolvencia:
F35147818
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Extracción de recursos minerales
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
JUAN DEL RIO AYALA 1
35470 SAN NICOLAS DE TOLENTINO
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
19-03-2011
16169
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Edicto.

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento n.º 22/2010, seguido a instancias del Procurador don Manuel de León Corujo, en nombre y representación de don José Antonio Tacoronte Vega y otros 40 contra Sat Tomás Rodríguez Quintana, se ha dictado auto el día 2 de marzo de 2011, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Sat Tomás Rodríguez Quintana sociedad inscrita en el Registro General de S.A.T. del Ministerio de Agricultura al tomo 41, folio 24, hoja 8.020 y domicilio en calle Montevideo, 40, Las Palmas de G.C.; el que se tramitará por el procedimiento concursal abreviado necesario.

Se designa como Administrador concursal del concurso al Letrado don Javier Villareal del Real.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición de la deudora respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el B.O.E. del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, de m. u. en materia tributaria, financiera y concursal, por el cual se modifica el 5.º del aptd. 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

Que los acreedores e interesados podrán comunicar sus créditos sin comparecer en forma (art. 184.3 de la L.C.).

Don Jesús Alemany Eguidazu, Magistrado-Juez.-Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial. (Firmados y rubricados.)

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores y a la deudora en el caso de que ésta no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de G.C., 7 de marzo de 2011.- La Secretaria Judicial.

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