EL Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, anuncia:
Que en el Concurso Necesario Abreviado n.º 440/13, referente a la concursada FERZAMSA CONSTRUCCIONES, S.L., con CIF n.º B06421291, por auto de fecha 14 de noviembre de 2014 se ha acordado lo siguiente:
1. Aprobar el plan de liquidación presentado por la Administración concursal.
2. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
3. Cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable, dentro de los diez días siguientes a la presente publicación en el BOE.
Badajoz, 18 de noviembre de 2014.- La Secretaria judicial.
Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz,
Anuncia
Que en el concurso abreviado necesario 440/2013, referente al concursado FERZAMSA CONSTRUCCIONES, S.L., con CIF B06421291, por Decreto de fecha 2 de septiembre de 2014, se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del concurso.
2. Mantener la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la mercantil FERZAMSA CONSTRUCCIONES, S.L., con CIF B06421291, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.
Badajoz, 2 de septiembre de 2014.- La Secretaria judicial.
Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, anuncia:
1. Que en la sección I declaración de concurso 000440 /2013, referente al deudor FERZAMSA CONSTRUCCIONES, S.L. con CIF B06421291, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el tablón de anuncios de este órgano judicial y en el BOE, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC).
Badajoz, 14 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.
Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial en la Sección I Declaración Concurso 0000440/2013 se ha dictado en fecha 7 de Marzo de dos mil catorce auto de declaración de concurso necesario abreviado del deudor FERZAMSA CONSTRUCCIONES, S.L. con CIF B06421291, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Murillo, nº 12, 1.º de Calamonte (Badajoz).
2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del concursado, siendo sustituidas por la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a la letrada doña María Lourdes Sánchez Fernández, DNI 8833993-S con domicilio en Avda. Juan Carlos I, n.º 6, entreplanta izquierda, 06002 Badajoz, y dirección de correo electrónico lousafad1@outlook.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a este juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la administración concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistido de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal), sin perjuicio de lo establecido para la representación y defensa de los trabajadores en la Ley de los trabajadores en la Ley de Procedimiento Laboral.
Badajoz, 7 de marzo de 2014.- La Secretaria judicial.