D./D.ª MarÃa de las Nieves GarcÃa Pérez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil de Santander, hago saber:
Que en el procedimiento de referencia se ha acordado por Sentencia de fecha 27 de noviembre de 2013 y providencia de 5 de diciembre de 2016, lo siguiente:
1. Se declara concluso el presente concurso n.º 253/2012 por insuficiencia de la masa.
2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes.
3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal.
4. Se acuerda el cese de la administración concursal.
5. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
6. Se acuerda la extinción de la persona jurÃdica de VICESCAN, S.L. con C.I.F. n.º B39621057 y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santander.
Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado, gratuitamente en el BOE y en el Registro Público Concursal.
Santander, 21 de marzo de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.
Doña María de las Nieves García Pérez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1,
Hago saber:
1. Que en el procedimiento concursal número 0000253/2012. referente a la deudora "Vicesan, S.L.", con CIF B39621057, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones acordadas en el "BOE" y en el tabón de anuncios del juzgado, los que se consideren perjudicados, podrán impugnar tanto el inventario de bienes y derechos de la lista de acreedores en aquello que estimen les es perjudicial. Las partes personadas, lo podrán impugnar en el plazo de diez días desde la notificación de esta resolución
3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.
Santander, 23 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.
El auto de declaración de concurso y simultanea apertura de la fase de liquidación de fecha 17.07.12, ha cobrado firmeza el 27.09.12.-