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Concurso de acreedores terminado Exclusivas Cordial Sl

El 13-11-2009, Exclusivas Cordial Sl, en PEÑARROYA-PUEBLONUEVO (Córdoba) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de CÓRDOBA. El número de insolvencia de esta empresa es B14477624. La actividad (principal) de Exclusivas Cordial Sl es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Exclusivas Cordial Sl
Localidad:
PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
Provincia:
Córdoba
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B14477624
Número de insolvencia:
B14477624
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
REAL 0
14200 PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
11-02-2021
A210007130
 
  • Conclusión del concurso
 

El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba,

Anuncia:

1.º-Que en el procedimiento número 399/2009, que se sigue en este Juzgado a instancia de EXCLUSIVAS CORDIAL, S.L., con CIF B14477624 y representado por el procurador D. DAVID FRANCO NAVAJAS, se ha dictado auto de conclusión de concurso de igual fecha al presente y en cuya parte dispositiva se acuerda lo siguiente:

"Se declara concluido el concurso de EXCLUSIVAS CORDIAL, S.L., declarándose la extinción de la sociedad.

Se aprueba la rendición de cuentas presentadas por la Administración Concursal.

Líbrense los oportunos mandamientos al Registro Mercantil para el cierre de la hoja registral de la concursada por liquidación de esta, con mandamiento de la presente,

Contra la presente resolución no cabe recurso.

La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el TRLC y se dará a la misma la publicidad prevista para la declaración de concurso.

Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. D. Antonio Fuentes Bujalance, Magistrado Titular del Juzgado Mercantil de Córdoba.".

Córdoba, 28 de enero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Elena Colorado Gámez.

02-08-2010
60137
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
  • Apertura de la sección quinta
 

El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, anuncia:

Que en el procedimiento Concurso Voluntario Abreviado número 399/09, referente al concursado Exclusivas Cordial, S.L., con CIF: B-14477624, y domicilio en C/ Ingeniero Torres Quevedo, 15, de Córdoba, por auto de fecha 21 de junio de 2010 se ha acordado lo siguiente:

Primero.- Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Exclusivas Cordial, S.L.

Segundo.- Se abre la fase de liquidación que se encabezará con testimonio de esta resolución, formándose la sección quinta.

Tercero.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal.

Cuarto.- Se declara disuelta la entidad concursada Exclusivas Cordial, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

Quinto.- Anunciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijará en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil y a Registro de la Propiedad de Fuente Obejuna (Córdoba).

Sexto.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el articulo 148 de la Ley Concursal.

Séptimo.- Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso.

Córdoba, 21 de junio de 2010.- La Secretaria Judicial.

15-02-2010
8669
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, anuncia:

Primero.- Que en el procedimiento concursal número 399/09 referente al deudor Exclusivas Cordial, S.L. se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capitulo I del Titulo IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaria del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

Segundo.- Hágase saber a los interesados que las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores, dentro del plazo de diez días a contar desde la notificación a que se refiere el apartado 2 del articulo 95, a cuyo fin podrán obtener copia a su costa. Para los demás interesados el plazo de diez días se computará desde la publicación prevista en el art. 95.

Tercero.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

Córdoba, 1 de febrero de 2010.- La Secretaria Judicial.

11-12-2009
90179
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

El Juzgado de Primera Instancia número 9 y Mercantil de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

Primero.- Que en el procedimiento número 399/09-C1, por Auto de 13 de noviembre de 2009 se ha declarado en Concurso Voluntario al deudor Exclusivas Cordial, S.L., con N.I.F. B14477624.

Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Córdoba, 13 de noviembre de 2009.- La Secretario Judicial.

Informes
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