El 27-09-2013, Novoges Promociones Y Actuaciones Urbanisticas Sl, en MONTSERRAT (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B97733885. La actividad (principal) de Novoges Promociones Y Actuaciones Urbanisticas Sl es actividades inmobiliarias.
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Nombre:
Novoges Promociones Y Actuaciones Urbanisticas Sl
Estado:
Concurso de acreedores
Número de insolvencia:
B97733885
Grupo
Alquiler y gestión de inmuebles
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
- Auto de declaración de concurso voluntario
D. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil num. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y
Hago Saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Ordinario Voluntario n.° 764/2013, habiéndose dictado en fecha 27 de septiembre de 2013 por el Ilmo/a Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Novoges Promociones y Actuaciones Urbanísticas, SL con domicilio en calle 25 de abril n.º 1, bajo, de Monstserrat (Valencia) y CIF nº B97733885, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al tomo 8423, libro 5713, folio 49, hoja V- 112889. Que se ha acordado la Intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Se ha nombrado administrador concursal a Musolaudit SLP con domicilio en la paseo Alameda n.º 14, pta 2, Valencia y correo electrónico joseluiscalbo@gmail.com, Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el "Boletín Oficial del Estado" puedan comunicar sus créditos a Ios efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador.
Valencia, 27 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial.
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