El Tribunal Supremo (TS) considera que los clientes que tenían invertido su dinero en Afinsa en el momento de su intervención en 2006 eran acreedores concursales, y desestima así un recurso de apelación interpuesto por la propia entidad contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid.
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En una sentencia fechada el pasado 19 de noviembre, la sala de lo civil del Supremo considera que los clientes que adquirieron sellos a través de Afinsa "ostentaban la condición de acreedores en el concurso" ya que en los contratos que realizaron la entidad estaba "obligada a asegurar un precio de recompra mínimo", ya fuese a través de un tercero o recomprándolos ella misma.