Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga anuncia:
Que en el procedimiento concursal Nº34/08 (NIG: 2906742M20080000064) referente al deudor HORMIGONES MONDA, S.L., con CIF B92436732, por auto de fecha 27 de enero de 2021, se ha acordado la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en este momento y cesando el administrador concursal en su cargo. También se acuerda la extinción de la sociedad. Contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Málaga, 27 de enero de 2021.- Letrado de la administración de justicia, D. José María Casasola Díaz.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 34.05/2008 referente al concursado HORMIGONES MONDA, S.L., por auto de fecha 3/10/13 se ha acordado lo siguiente:
1.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 24/06/13 y se abre la fase de liquidación, convirtiéndose en este sentido el contenido de la Sección quinta. Consecuentemente queda sin efecto el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 14/10/13.
2.- Durante la fase de liquidación quedaran en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
3.- Se declara disuelta la sociedad concursada, así como el cese de los administradores o liquidadores de la sociedad, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.
4.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación que se fijará en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.
Inscríbase asimismo en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil.
5.- En el plazo de 15 días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.
Málaga, 4 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.
Declaración de firmeza del auto