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Concurso de acreedores terminado Comercial De Carpinteria Wibe Sl

El 09-12-2015, Comercial De Carpinteria Wibe Sl, en TODOLELLA (Castellón) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número de insolvencia de esta empresa es B12856514. La actividad (principal) de Comercial De Carpinteria Wibe Sl es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Comercial De Carpinteria Wibe Sl
Localidad:
TODOLELLA
Provincia:
Castellón
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B12856514
Número de insolvencia:
B12856514
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
HORNO, 8 - BJ 0
12312 TODOLELLA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
04-07-2019
A190039832
 
  • Conclusión del concurso
 

Don Jorge González Rodríguez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

Hago saber:

Primero: Que por Auto de fecha 27 de junio de 2019, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado [CNA], 000231/2015, N.I.G. N.º 12040-66-2-2015-0000280, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del concurso voluntario y abreviado que se ha seguido frente al deudor Comercial de Carpintería Wibe, S.L., domiciliado en calle Del Horno, 8 La Todolella y C.I.F./D.N.I. número B12856514.

Segundo: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta:

Parte dispositiva:

"1.- Acordar la conclusión del concurso de Comercial de Carpintería Wibe, S.L.", seguido bajo el número Concurso Abreviado [CNA], número 000231/2015-II., y el archivo de las presentes actuaciones con todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello.

2.- Declarar aprobadas las cuentas rendidas por la Administración concursal así como el cese en su cargo del Administrador concursal.

3.- En particular, acordar la extinción de la entidad Comercial de Carpintería Wibe, S.L.", disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos correspondientes.

4.- El presente Auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la LC y se dará al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24 de la propia LC (artículo 177.3 de la LC).

5.- A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 178.3 de la LC) a los registros públicos que correspondan.

6.- Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio en las actuaciones sección primera del concurso.

7.- Notifíquese el presente auto a la Administración concursal, a la concursada, y a cuantos acreedores se hayan personado en el concurso.

Este Auto es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno (artículos 208.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 177.1 de la LC).

Magistrado Letrado de la Administración de Justicia."

Castellón, 28 de junio de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Jorge González Rodríguez.

03-02-2016
A160002852
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

D. Jorge González Rodríguez, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:

Primero: Que por Auto de fecha 9/12/2015, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado n.º 000231/2015, N.I.G. n.º 12040-66-2-2015-0000280, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso voluntario y abreviado al deudor "Comercial de Carpintería Wibe, S.L.", domiciliado en calle del Horno, 8 La Todolella y C.I.F./D.N.I. número B12856514.

Segundo: Que se ha determinado el régimen de intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado.

Tercero: Que se ha designado como Administrador/es Concursal/es a D. Ofelia Martí Casanova, con domicilio en c/ Colón, 19-1 C.P. 12001 Castellón y dirección electrónica ofelia.marti@economistascastellon.com, a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC.

Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado.

Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.

En Castellón, 23 de diciembre de 2015.- El/La Secretario Judicial.

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