Edicto
Doña Elena Buil Torralba, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza,
Anuncia:
Primero.- Que en el procedimiento concursal número 246/2013-G, se ha dictado Auto de fecha 23 de marzo de 2016, de conclusión del concurso por inexistencia de bienes y derechos de la concursada Manufacturas del Calzado Galde, S.L. con CIF B50796655, no existiendo asimismo acciones viables de reintegración de la masa activa, ni de responsabilidad de terceros pendientes de ser ejercitadas.
Segundo.- En dicho Auto, se ha acordado el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal así como el cese del Administrador concursal y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Zaragoza.
Tercero.- En dicho Auto se ha acordado la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Contra el referido Auto no cabe recurso alguno.
Zaragoza, 23 de marzo de 2016.- La Secretaria Judicial.
Edicto
Doña M.ª Jesús López Marín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, anuncia:
Que en el sección I declaración del concurso 246/2013-G, referente al concursado Manufacturas del Calzado Galde, S.L., por auto de fecha 4-4-2014, se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la mercantil Manufacturas del Calzado Galde, S.L., cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la administración concursal don Daniel Chóliz del Junco, Abogado. Domicilio postal: Calle María Zambrano, número 31, Edificio WTCZ Torre Oeste Planta 16 de Zaragoza, Código Postal 50018.
Dirección electrónica: administracionconcursal246@deloitte.es
Teléfono 976.21.46.75, y fax 976 23.55.40.
Zaragoza, 4 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.
Edicto
Doña María Jesús López Marín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, anuncia:
1. Que en el sección I declaración concurso 246/2013-G, referente al deudor Manufacturas del Calzado Galde, S.L. se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto, que además se fijará en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC).
Zaragoza, 22 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.
Edicto
D.ª María Jaén Bayarte, Secretaria Judicial del Jdo. de lo Mercantil N. 2 de Zaragoza, por el presente, hago saber:
1.- Se ha declarado concurso que se sigue con el n.º 246/2013-G y NIG 50297 47 1 2013 0000103.
2.- Carácter del concurso: Voluntario y abreviado.
3.- Fecha de declaración: 10-7-2013.
4.- Deudor en concurso: Manufacturas del Calzado Galde, S.L., CIF B-50796655, con domicilio en Calle Panamá (Polígono Centrovía), 12, Nave 13, de la Muela (Zaragoza).
5.- Facultades de administración: Intervenidas.
6.- No se ha solicitado la liquidación ni se ha presentado propuesta anticipada de convenio.
7.- Administración concursal: D. Daniel Chóliz del Junco, Abogado.
Domicilio postal: Calle María Zambrano, número 31, Edificio WTCZ, Torre Oeste, Planta 16, de Zaragoza, Código Postal 50018.
Dirección electrónica: administracionconcursal246@deloitte.es
Teléfono 976.21.46.75, y Fax 976.23.55.40.
8.- Plazo de comunicación de créditos: 1 mes, directamente a la administración concursal en la dirección postal o electrónica que figuran en el punto anterior.
No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna.
Zaragoza, 23 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.
PARTE DISPOSITIVA Acuerdo 1.- Declarar en CONCURSO a MANUFACTURAS DEL CALZADO CALDE S. L. con CIF B- 50796655, con domicilio en Calle Panamá (Polígono Centrovía) 12, Piso nave 3 de la Muela Zaragoza, toda vez que ha sido acreditado su estado de insolvencia actual. 2.- Tener por personado en el presente concurso, en nombre y representación del concursado, a la Procuradora Sra. ANA MARIA SANZ FOIX, con quien se entenderán las sucesivas diligencias y actuaciones. 3.- Considerar el concurso con el carácter de voluntario y abreviado. 4.- Indicar que el deudor no ha solicitado la liquidación de su patrimonio. 5.- Determinar que las facultades de administración y disposición sobre su Patrimonio del deudor quedan intervenidas por la administración concursal que se designará al efecto, mediante su autori2ación o conformidad. 6.- La administración concursal, al amparo de lo previsto en los artículos 26 y 27 de la LC, con las facultades determinadas en el apartado anterior, estará integrada por: El Abogado DANIEL CHOLIZ DEL JUNCO. 7.- Comunicar el nombramiento a la administración designada haciéndole saber que en el plazo de cinco días siguientes al recibo de la comunicación (artículo 29 de la LC), deberá comparecer ante este órgano judicial y manifestar su aceptación o no del cargo, apercibiéndosela que se encuentra sometida al régimen de incapacidades, incompatibilidades y prohibiciones del artículo 22 de la LC. 8.- Hágase saber a la administración Concursal, de conformidad con el artículo 74 de a LC que el plazo para presentar el informe será de UN MES, debiendo presentar el Inventario de Bienes y Derechos de la Masa Activa dentro de los quince días siguientes a la aceptación del cargo. Hágase saber al mismo que la ruta de Acceso respecto de la Comunicación obligatoria a realizar por la Administración Concursal a la Agencia Tributaria resulta la siguiente: https //www. agenciatributaria gob . es Sede electr6nica Procedimientos, Servicios y Tráxnitea Thfonnaeidn y Registro Otros Servicios Comunicación Administración concursal. Para acceder a la misma se necesita CERTIFICADO EXPEDIDO POR LA FNMT. Allí encontrarán el formulario a rellenar y remitir, permitiendo obtener justificante de su remisión para acreditar el cumplimiento del requisito legal. La Ruta de Acceso a realizar por la administración concursal a la Tesorería General de la Seguridad Social será a través de la dirección de Internet siguiente: https: //sede. seg-social. gob. es En dicha página se seguirá la siguiente ruta: A.- aeat: https: //www. Agenciatributaria. gob. es/AEAT. sede//Inicio/Inicio. shtml Procedimientos, Servicios y Trámites Información y Registro.- Otros Servicios-Comunicación Administración concursal. B.- tgss: https: //sede. seg-social. gob. es/Sede1/index. htm Registro electrónico-Acceso al Registro-Otros procedimientos-comunicación de la Declaración de concurso por parte de la Administración Concursal a Tesorería General de la Seguridad Social. Es necesario certificado digital o DNI electrónico.- 9.- Llamar, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.5º 84 Y 85 de la LC, a todos los acreedores del concursado, para que en el plazo de UN MES, a contar desde el día siguiente a la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado, comuniquen a la administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El domicilio y la dirección electrónica señalados a efectos de comunicaciones seran unicos y deberán ser puestos en conocimiento del juzgado por el administrador concursal al tiempo de la aceptación del cargo o, en su caso, al tiempo de la aceptación del, segundo de los administradores designados. 10.- Realizar por la administración concursal, una vez acepte el cargo y sin demora alguna, una comunicación individualizada, en los términos previstos en el artículo 21.4 de la LC. La comunicación se efectuará por medios telemáticos, informáticos o electrónicos cuando conste la dirección electrónica del acreedor. La comunicación se dirigirá por medios electrónicos a la AEAT y a la TGSS a través de los medios que éstas habiliten en sus respectivas sedes electrónicas, conste o no su condición de acreedoras. Igualmente se comunicará a la representación de los trabajadores, si la hubiere, haciéndoles saber de su derecho a personarse en el procedimiento como parte. 11.- Hacer pública la presente declaración de concurso por medio de Edictos que, uno, se publicará en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita y de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la LC, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la LC y, otro, con los mismos requisitos, en el tablón de anuncios de este órgano judicial. 12.- Expedir los despachos correspondientes, de conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la LC, que serán entregados a la representación procesal del concursado, para su inmediata remisión y práctica de los asientos registrales previstos en los correspondientes Registros, una vez acepte el cargo la Administración concursal. El concursado tiene bienes y derechos inscritos en registros públicos en concreto en el REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE CALATAYUD: Finca de Illueca nº 4118, Inscripción 5 al Tomo 1790, Folio 54. 13.- Indicar que las personas legitimadas, conforme a la Ley Concursal, para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de Letrado, a salvo lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboral para la representación y defensa de los trabajadores. 14.- Poner en conocimiento del concursado el deber de comparecer personalmente ante este órgano judicial y ante, la administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso. 15.- Comunicar la declaración de concurso al Juez Decano de Zaragoza, para su traslado a los Juzgados de Primera Instancia al Delegado del Decano en los Juzgados de lo Social de esta localidad. Así mismo, comuníquese dicha declaración a los demás Jugados de lo Mercantil de esta localidad. 16.- Entregar los oficios, edictos y mandamientos que se expidan en cumplimiento de lo ordenado en esta resolución a la representación procesal del concursado para que los diligencie de inmediato un, vez se proceda a aceptar el cargo por la Administración concursal. 17.- Abrir la fase común de tramitación del concurso y formar las Secciones segunda, tercera y cuarta, ordenándose en cuantas piezas sean necesarias o convenientes; cada una de estas secciones, se encabezará por el testimonio de la solicitud y del Auto. 18.- El presente auto producirá sus efectos de inmediato y será ejecutivo aunque no sea firme la presente resolución. 19.- Notifíquese la presente resolución a la AEAT, FOGASA Y TGSS.