Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Instalaciones Electricas Borras Sl

El 30-03-2016, Instalaciones Electricas Borras Sl, en BUNYOLA (Baleares) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de PALMA DE MALLORCA. El número de insolvencia de esta empresa es B07700032. La actividad (principal) de Instalaciones Electricas Borras Sl es actividades de construcción especializada.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Instalaciones Electricas Borras Sl
Localidad:
BUNYOLA
Provincia:
Baleares
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B07700032
Número de insolvencia:
B07700032
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
SANTA CATALINA THOMAS 72
07110 BUNYOLA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
21-04-2016
A160019722
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Don Vicente Manuel Bolufer Francia, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil 2 de Palma de Mallorca, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 136/2016-C (NIG: 07040 47 1 2016/0000278) se ha dictado en fecha 30/03/2016 auto de declaración de concurso necesario de la deudora Instalaciones Eléctricas Borras S.L., con CIF B07700032, y con domicilio en Calle Santa Catalina Thomas, n.º 72, bajos, C.P. 07010, Bunyola, Mallorca.

2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada, en las que será sustituida por la Administración concursal.

3.º Se ha nombrado administrador concursal al abogado D. Jeroni Beltran Celia, con domicilio profesional en Plaza Rey Juan Carlos I, n.º 3, 2.º, 2.ª, código postal 07012 de Palma de Mallorca, y correo electrónico para notificaciones del presente procedimiento j.beltran@triviumabogados.com, la dirección postal donde efectuar comunicación de créditos es la misma que el despacho para el ejercicio del cargo.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

5.º Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.

También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicadas. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito.

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 Ley Concursal).

7.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público concursal www.publicidadconcursal.es

Palma de Mallorca, 18 de abril de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Subastas en línea

Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
  • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos