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Concurso de acreedores Cora Terra Sa

El 09-07-2013, Cora Terra Sa, en VILANOVA DEL VALLES (Barcelona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BARCELONA. El número de insolvencia de esta empresa es A63304810. La actividad (principal) de Cora Terra Sa es actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Cora Terra Sa
Localidad:
VILANOVA DEL VALLES
Provincia:
Barcelona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
A63304810
Número de insolvencia:
A63304810
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Extracción y distribución de agua; tratamiento de residuos y aguas residuales
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
SANTA QUITERIA (PARC MEDIOAMBIENTAL SANTA QUITERIA 0
08410 VILANOVA DEL VALLES
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
13-08-2013
A130044352
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Secretario Judicial, don José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil número 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 486/2013 se ha declarado, mediante auto de fecha 9 de julio de 2013, el concurso voluntario de Cora Terra, S.A., con NIF A-63304810, y domicilio en Vilanova del Vallès (Barcelona), Parc Medioambiental Santa Quiteria, barrio de Santa Quiteria, s/n, en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado D. Antonio Batlle Moreno por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en Avda. Diagonal, n.º 416, ppal., de Barcelona, o en la dirección electrónica designada concursocora-terra@grupogispert.com, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el BOE del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el servicio común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 9 de julio de 2013.- El Secretario Judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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