EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao,
Anuncia
Que en el procedimiento concursal número 638/2013 en el que figura como concursado Carpintérmica, S.L., CIF B48296487, se ha dictado el día de hoy auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor.
Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
Bilbao (Bizkaia), 3 de diciembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Fernanda Aviega Gil.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 638/2013, referente al concursado Carpintérmica, S.L., por resolución de fecha 21/01/2015, se ha acordado lo siguiente:
1. Dar por terminada la fase de convenio acordada por auto de 20/01/2014.
2. Abrir la fase de liquidación.
3. Suspender las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
4. Se ha declarado disuelta la entidad concursada, cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.
5. La misma resolución ha acordado reabrir la sección sexta de calificación del concurso. Se hace constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, los interesados podrán personarse y ser parte en la sección, debiendo limitarse en sus escritos a determinar si el concurso debe ser calificado como culpable en razón de incumplimiento del convenio por causa imputable a la concursada.
Bilbao (Bizkaia), 21 de enero de 2015.- La Secretario Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao, anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal número 638/2013, en el que figura como concursado Carpintérmica, S.L. se ha dictado el 24/04/2014, sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por Carpintérmica, S.L. y aceptado en la junta de acreedores celebrada el día 27/03/2014.
2. La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de las normas que regulan los convenios y la adhesión a los mismos en la LC.
El convenio está de manifiesto en la oficina del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.
3. Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia que debe interponerse mediante escrito presentado en este Juzgado de lo Mercantil en el plazo de 20 días computándose desde la última publicación de este edicto, que ha de publicarse en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado.
La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Bilbao (Bizkaia), 24 de abril de 2014.- La Secretario Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 638/2013, referente al concursado Carpintérmica, S.L., se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 27/3/2014, a las 9:30 horas, en la sala de vistas n.º 22, sita en la planta baja del palacio de justicia.
2.- Se someterán a la deliberación y, en su caso, aprobación de la Junta las propuestas de convenio presentados por Carpintérmica, S.L.
Dichas propuestas, junto con el escrito de evaluación de la administración concursal pueden ser examinadas por los interesados en la Secretaría del Juzgado.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.
3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.
Bilbao (Bizkaia), 20 de enero de 2014.- El Secretario judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 638/2013, NIG n.º 48.04.2-13/018202, por auto de 19/7/2013 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Carpintermica, S.L., con CIF B-48296487, con domicilio en Etxebarri (Bizkaia), c/ Urquiola, n.º 18.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que la administración concursal está integrada por don Jon Andoni Uria García, Abogado.
Domicilio postal: C/ Juan Sebastián Elcano, n.º 18, 1.º ID. 48901 Barakaldo (Bizkaia).
4.º Que los acreeedores del concursado deben poner en concocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3).
Bilbao (Bizkaia), 19 de julio de 2013.- La Secretario Judicial.