El 05-12-2012, Cagigas Solar Sl, en POLANCO (Cantabria) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de SANTANDER. El número de insolvencia de esta empresa es B39669031. La actividad (principal) de Cagigas Solar Sl es construcción de edificios.
El síndico ha presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos.
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Estado:
Concurso de acreedores
Número de insolvencia:
B39669031
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
MarÃa de las Nieves GarcÃa Pérez, SecretarÃa Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Santander,
Hago saber:
1.- Que en el procedimiento concursal 0000445/2010, por auto de fecha 5 de marzo de 2013 se ha acordado la conclusión del concurso del deudor OBRA CIVIL CAGIGAS SOLAR S.L.U., con C.I.F. número B39669031, y con domicilio en Barrio Rinconeda M15, Chalet 5, de Polanco, Cantabria.
2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes.
3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal
4.- Se acuerda el cese de la administración concursal.
5.- Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
6.- Se acuerda la extinción de la persona jurÃdica de OBRA CIVIL CAGIGAS SOLAR, S.L. y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda.
Santander, 5 de marzo de 2013.- Secretaria Judicial.
- Presentación del Informe de la administración concursal
- Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
María de las Nieves García Pérez, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil número 1,
Hago saber:
1. Que en el procedimiento concursal número 443/2012, referente al deudor "Cagigas Solar, S.L.U.", se ha presentado el informe de la Administración concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones acordadas en el BOE y en el tablón de anuncios del Juzgado, los que se consideren perjudicados podrán impugnar tanto el inventario de bienes y derechos de la lista de acreedores en aquello que estimen les es perjudicial. Las partes personadas lo podrán impugnar en el plazo de diez días desde la notificación de esta resolución.
3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.
Santander, 2 de julio de 2013.- La Secretaria.
- Auto de declaración de concurso voluntario
Declaración en concurso voluntario del deudor. Se acuerda la apertura de la fase de liquidación. Se suspende el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio. Se declara la disolución y el cese de los administradores o liquidadores que serán sustituidos por la administración concursal.
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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