Edicto
El Juzgado Mercantil 1 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley concursal, anuncia:
Que en el procedimiento número 221/2010-4, con NIG 4109142M20100000413 se ha dictado auto de 02-12-14 que rectifica auto de 28-07-14 de declaración de concurso necesario y auto de fecha 11/02/15 aclarando los dos anteriores cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
Auto 02/12/14 (parte dispositiva):
"Acuerdo rectificar el auto de 28-07-14 en los siguientes extremos:
1. El punto primero de los antecedentes de hecho donde dice: "Por el Procurador Sr. Manuel Ignacio Pérez Espina, en nombre y representación de SUR RIGGING, S.L., se ha solicitado la declaración de concurso de la mercantil BACKLINE PRODUCCIONES, S.L. exponiendo:",
debe decir "Por el Procurador Sr. Manuel Ignacio Pérez Espina, en nombre y representación de SUR RIGGING, S.L., se ha solicitado la declaración de concurso de la mercantil PRODUCCIONES Y ESPECTÁCULOS BACKLINE, S.L., con CIF B-91429019 exponiendo:".
2. En el punto 1.- de la parte dispositiva donde dice: "Se declara en concurso necesario a la entidad Backline Producciones, S.L., a instancia de Sur Rigging, S.L., representados por el Procurador Sr. Manuel Ignacio Pérez Espina",
debe decir "Se declara en concurso necesario a la entidad Producciones y Espectáculos Backline, S.L., con CIF B-91429019, a instancia de Sur Rigging, S.L., representados por el Procurador Sr. Manuel Ignacio Pérez Espina".
Auto 11/02/15 (parte dispositiva):
"Se acuerda aclarar los autos de fechas 28/07/14 y 02/12/14 dictados en el presente procedimiento, en los siguientes términos:
Declarar que la publicidad de los mismos en el BOE será de carácter gratuito".
Sevilla, 11 de febrero de 2015.- La Secretaria judicial.