Doña Concepción Álvarez García, Secretaria Judicial de Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Toledo, por el presente,
Hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial, con el número de sección I declaración concurso 0000108/2013 y NIG n.º 4516841 1 2013/0008476 se ha dictado en fecha 11-07-2013 Auto de declaración de concurso necesario del deudor Iniciativas Inter, S.L., con CIF Nº B-45421914, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Cobeja (Toledo).
2º.- Que en fecha 22-07-13 se publicó en el BOE edicto emitido por este Juzgado en fecha 11-07-2013, en el cual se había informado incorrectamente de la dirección electrónica señalada para que los acreedores efectuaran la comunicación de créditos.
3º.- Que la dirección de correo electrónico correcta señalada a tal efecto es: luciamartoledo@telefonica.net., quedando subsistentes los demás pronunciamientos del edicto publicado en el BOE en fecha 22-07-2013.
4º.- Que el plazo para comunicar los créditos, en virtud de lo establecido en el art. 85 de la Ley Concursal es de un mes a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto en el BOE.
Toledo, 9 de septiembre de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.
Edicto
Don Alfonso José Moreno Moreno, Secretario/a Judicial de Juzgado Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Toledo por el presente, hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con número se sección I, declaración concurso 0000108/2003, y NIG n.º 4516841 1 2013/0008476, se ha dictado en fecha 11-07-13 Auto de declaración de concurso necesario del deudor Iniciativas Inter, S.L., con CIF n.º B-45421914, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Cobeja (Toledo).
2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado como administración concursal a doña Lucía Martínez Toledo, con domicilio postal en Illescas, C/. Puerta del Sol, n.º 30, bajo, y dirección electrónica luciamartineztoledo@telefonica.net, señalada para que los acreedores a su elección efectúen la comunicación de créditos.
3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo prevenido en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Toledo, 11 de julio de 2013.- El Secretario/a Judicial.