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Concurso de acreedores terminado Hierros Costa Calida Sl

El 31-03-2014, Hierros Costa Calida Sl, en CARTAGENA (Murcia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MURCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B30589212. La actividad (principal) de Hierros Costa Calida Sl es metalurgia; fabricación de productos de hierro, acero y ferroaleaciones.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Hierros Costa Calida Sl
Localidad:
CARTAGENA
Provincia:
Murcia
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B30589212
Número de insolvencia:
B30589212
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
PINATAR (ED MADRID), 16 - PISO 1 B 0
30730 SAN JAVIER
Mostrar en tarjeta
-
CL :
FLORIDABLANCA (EL PLAN) (LOS DOLORES) 29
30310 CARTAGENA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
30-05-2019
A190031187
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Doña Ana Isabel González Peinado, Letrada de la administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia,

Hago saber:

En el procedimiento de concurso seguido ante este Juzgado con el número 38/14 de la mercantil Hierros Costa Cálida, S.L., con Cif B-30589212 se ha dictado la resolución de fecha 15 de mayo de 2019 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores de Hierros Costa Cálida, S.L.

Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda.

Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 de la Ley Concursal.

Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes

Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.

Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 LC.

Lo acuerda y firma Francisco Cano Marco, Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil nº2 de Murcia, doy fe.

Murcia, 24 de mayo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel González Peinado.

15-04-2014
A140015513
 
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Doña Ángela Quesada Martos, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º sección I declaración concurso 38/2014 se ha dictado en fecha 31 de marzo de 2014, auto se declaración de concurso voluntario del deudor HIERROS COSTA CÁLIDA, S.L., con CIF B-30589212, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Los Dolores, Cartagena (Murcia).

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal al Letrado don Antonio Gil Pertusa, con domicilio en c/ Gran Vía Escultor Salzillo, núm. 8, 1.ª esc. 2.º Isq. 30004 Murcia, y dirección de correo electrónico gilpertusa@icamur.org. para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente página www.oficinajudicialmurcia.es

Murcia, 31 de marzo de 2014.- Secretario Judicial.

31-03-2014
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 
Se declara en concurso voluntario al deudor "Hierros Costa Calida SL" el cual conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de estas a la intervención del administrador concursal mediante su autorización o conformidad.
Informes
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