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Concurso de acreedores Vinedos Breton Sociedad Limitada Unipersonal

El 21-06-2013, Vinedos Breton Sociedad Limitada Unipersonal, en NAVARRETE (La Rioja) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de LOGROÑO. El número de insolvencia de esta empresa es B26392415. La actividad (principal) de Vinedos Breton Sociedad Limitada Unipersonal es agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas.
Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Vinedos Breton Sociedad Limitada Unipersonal
Localidad:
NAVARRETE
Provincia:
La Rioja
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B26392415
Número de insolvencia:
B26392415
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Agricultura, silvicultura y pesca
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
FUENMAYOR (KM) -2
26370 NAVARRETE
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
05-11-2016
A160078920
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 23.1 y 177.3 de la Ley Concursal,

Anuncia

1.º-Que en el procedimiento número 561/2013, NIG: 26089 42 1 2013 0003541, por auto de fecha 27 de octubre de 2016 se ha acordado la conclusión del concurso seguido relativo a la mercantil Viñedos Bretón, S.L., con CIF B-26392415, con domicilio social en Carretera de Navarrete a Fuenmayor, km. 1,5, de la localidad de Navarrete (La Rioja).

Asimismo se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos de la concursada con los que satisfacer a los acreedores, sin haber declaración de responsabilidad de terceros.

2.º-Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su día por la Administración concursal de la concursada.

3.º-La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo.

4.º-Se acuerda además la extinción de la personalidad jurídica de Viñedos Bretón, S.L., cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil.

5.º-A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el Boletín Oficial del Estado, y en el Registro Público Concursal.

Logroño, 27 de octubre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

27-10-2014
A140053627
 
  • Plan de liquidación
  • Aprobación del plan de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y Mercantil de La Rioja,

Anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 561/2013, NIG: 26089 42 1 2013 0003541, referente a la entidad Viñedos Bretón, S.L., con fecha 20 de octubre de 2014 se ha dictado Auto, mediante el cual se ha acordado lo siguiente:

1. Aprobar el plan de liquidación presentado por la administración concursal de Viñedos Bretón, S.L., al cual deberán de atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa.

2. Recordar a la Administración concursal la presentación de los informes del artículo 152 de la LC.

3. Líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de La Rioja, a fin de que se lleve a cabo la correspondiente inscripción, conforme a lo dispuesto en el artículo 24.2 de la Ley Concursal.

4. Se acuerda la formación de la sección sexta, que se encabezará con testimonio de esta resolución y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiera presentado el deudor con su solicitud y a requerimiento del Juez, del informe y de los textos definitivos. Dentro de los cinco días siguientes a la última publicación que, conforme a lo establecido en la Ley Concursal, se va a otorgar al auto que aprueba el plan de liquidación, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la Sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable, en su caso.

5. Anúnciese por edictos la presente resolución por la que se aprueba el plan de liquidación, así como la formación de la sección sexta (de calificación del concurso), que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

6. Notificar la presente resolución al deudor, a la Administración concursal, y a los acreedores personados.

Logroño, 20 de octubre de 2014.- La Secretaria judicial.

06-09-2014
A140044380
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección quinta
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja,

Anuncia

Que en el concurso voluntario abreviado n.º 561/2013, referente al concursado Viñedos Bretón, S.L., por decreto de fecha 31 de julio de 2014 se ha acordado lo siguiente:

1.-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor, la cual se evacuó dentro de los términos procesales a que alude el art. 142.1.2.º de la Ley Concursal, declarando finalizada la fase común y formándose la sección quinta del concurso.

2.-La suspensión de las facultades de administración y disposición de la entidad concursa sobre su patrimonio.

3.-La disolución de la entidad concursada, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal.

4.-El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Este edicto se publicará en el BOE, en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Logroño, 31 de julio de 2014.- La Secretaria judicial.

05-10-2013
A130054121
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y Mercantil de La Rioja, anuncia:

1.- Que en la Sección I, Declaración Concurso 561/2013, NIG 26089 42 1 2013 0003541, referente al deudor Viñedos Bretón, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.

2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).

Logroño, 11 de septiembre de 2013.- El/la Secretaria Judicial.

22-07-2013
A130041836
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y Mercantil de La Rioja, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial Sección I, declaración concurso del concurso voluntario abreviado n.º 561/2013, NIG 26089 42 1 2013 0003541, se ha dictado en fecha 21 de junio de 2013 Auto de declaración de concurso de la mercantil Viñedos Bretón, S.L., con CIF B-26392415, con domicilio social en Carretera de Navarrete a Fuenmayor, km 1,5, de la localidad de Navarrete (La Rioja).

2º.- Se ha acordado por tratarse de un concurso voluntario que el deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en el ejercicio de estas facultades a la intervención de los administradores concursales mediante autorización o conformidad. Se ha designado, como administración concursal a la sociedad profesional Red Concursal, S.L.P., habiendo comparecido a aceptar el cargo en representación de la misma la economista doña Cristina Rubio Gómez, con domicilio postal en Logroño, calle Muro de la Mata, n.º 6, 2.º (Serte Rioja), y dirección electrónica señalada viñedosbreton@redconcursal.org para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Logroño, 2 de julio de 2013.- El/la Secretario Judicial.

Informes
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